Tu trocito de campo en Internet (enduro, mx, trial, SM....)
By carlos2
#68714
Ante las dudas que se nos plantean sobre las funciones de los agentes forestales os voy a copiar un ladrillazo, pero que puede seros muy útil en caso de encontraros con alguno de ellos.

Estas son las funciones que desarrolla la Guardería Rural /Agentes forestales/Agentes Rurales/ etc... , aunque en algunas comunidades puede variar, de todas formas, yendo por lo legal, lo que hay que ver son los reglamentos específicos. Disponibles en este momento los de Castilla y León y el de Galicia y alguna propuesta de reglamento que la Administración rechazó en su momento.


ACTIVIDAD AMBIENTAL

- Seguimiento de los distintos planes de recuperación y manejo de las especies protegidas
- Inspección y vigilancia de las actividades reguladas por la Ley de Pesca: Aprovechamientos, áridos, actividades deportivas, toma de muestra de datos, inspección de locales públicos, puntos de venta, embarcaciones, etc.
- Vigilancia de tallas mínimas
- ocupación de piezas ilícitamente pescadas
- Decomisos
- Captura de salmónidos reproductores y descaste de enfermos
- Pescas eléctricas
- Desove de reproductores a pié de río
- Dirección y supervisión de repoblaciones piscícolas
- Precintaje y marcaje electromagnético de salmónidos
- Colaboración en la realización de estudios hidrobiológicos
- Control y medición de caudales ecológicos, escalas, rejillas y canales de derivación
- Control de la calidad de las aguas
- Vigilancia y control de las actividades reguladas en la Ley de Caza
- Decomisos de perros y armas
- Ocupación de piezas ilícitamente cazadas
- Dirección y control de la actividad cinegética
- Expedición de guías de circulación de piezas cazadas
- Toma de muestras en piezas cazadas
- Captura en vivo de especies cinegéticas
- Localización y seguimiento de especies protegidas
- Control y supervisión de sueltas cinegéticas
- Vigilancia y protección de especies amenazadas
- Realización de censos
- Información y asesoramiento en Planes Técnicos de caza
- Peritaje, tasación y determinación de daños producidos por especies protegidas
- Realización de informes sobre todo tipo de incidencias que afecten al entorno medio-ambiental
- Realización de informes y publicaciones

INCENDIOS FORESTALES

- Guardias de incendios
- Dirección de los trabajos de extinción
- Vigilancia, detección y localización de incendios forestales
- Aforar superficies y cubicar masas afectadas
- Indagar sobre las posibles causas. Investigación de causalidad
- Informar sobre las condiciones de peligro, datos metereológicos, topografía, modelos de combustible, etc
- Elaboración de partes de incendio
- Realización de permisos de quema e informar sobre índices a los solicitantes
- Controlar y coordinar las actuaciones de los Auxiliares de Bomberos, tanto en incendio como en trabajos forestales
- Servicios en helicóptero de extinción
- Realizar denuncias de cuantos casos sean detectados en materia de incendios

OCUPACIONES EN MONTES, GRAVÁMENES PERMUTAS

- Tramitar solicitudes de ocupación, de licitación de gravámenes, permutas
- tramitar informes sobre los expedientes
- Control de yacimientos arqueológicos, áreas de especial importancia para las especies amenazadas
- Conformar actas de entrega en terrenos cedidos por la Admon.
- Velar por el cumplimiento de las condiciones económicas, (pago de cánones)
- Control de lo establecido en los pliegos de condiciones de las concesiones
- Reconocimientos anuales de las concesiones
- Replantear ocupaciones y amojonamientos
- Experiencia multidisciplinar en diversos campos de actuación:
Aguas: Captaciones, aprovechamientos, etc
Eléctricas: Tendidos, antenas, repetidores
Industrias: Mineras, extractivas, pistas de esquí
Ganadería: Concentraciones parcelarias, desbroces, pastos, etc
Obras de gran envergadura: Gaseoductos, autovías, trazados ferroviarios, etc.
- Determinar y discernir propiedades en montes no deslindados
- Emitir propuestas de autorización o denegación de ocupaciones
- Denuncias en materia de ocupaciones, gravámenes o permutas.

INMATRICULACIÓN DE FINCAS

- Informes técnicos sobre el estado de las fincas, lindes y colindancias, documentación catastral, etc
- Determinar y discernir propiedades

PRÁCTICAS DEPORTIVAS EN MONTES Cross, senderismo, acampadas, áreas recreativas

- Informes sobre prácticas deportivas
- Vigilancia y control de las que necesiten autorización
- Emisión de permisos de acampada y control de las mismas
- Informes sobre las áreas recreativas a cargo del Principado
- Denuncias en caso de actividades no autorizadas

PASTOS Y GANADERÍA: Prindas, control de censo ganadero, representación en Juntas de Pastos, desbroces....

- Realizar Informes sobre terrenos, uso y gestión de zonas de pastos, concentraciones parcelarias, etc.
- Levantar actas de control de censo ganadero en relación a las ayudas agroambientales para la utilización de pastos comunales
- Representar a la Administración en Juntas de Pastos
- Control , vigilancia e informes complementarios en caso de epizootias
- Informes sobre invasión de ganado en áreas forestales
- Control y vigilancia de pastos públicos
- Denuncias por infracciones en materia forestal en relación a pastos
- Prindas de ganado
- Informes sobre desbroces y su vigilancia y control
- Reconocimientos anuales de las áreas afectadas

OFICINA: Atención al público, expedientes, archivos, informes, permisos

- Desarrollar el trabajo administrativo inherente al cargo en relación a la actividad forestal en los consultorios y oficinas comarcales
- Atender las solicitudes, quejas, sugerencias, denuncias, peticiones de asesoramiento o información, etc.
- Expedir licencias o permisos de corta, ocupaciones, quema de rastrojos, acampada, etc
- Tramitar expedientes abiertos hasta la culminación del proceso, realizar informes, ultimar actas de entrega, de reconocimiento, de control, archivo de documentos, clasificación de documentación
- Implicación directa en otros procesos administrativos: registro de documentos, correo, manejo de ordenador, etc.
- Interrelación con entidades locales y asociaciones en las que sea necesaria la presencia de la guardería forestal
- Labores educativas e informativas sobre cuestiones forestales o medioambientales, día de árbol, plantaciones, rutas, senderismo, etc.

DESLINDES

- Intervenir en los procesos de deslinde en montes catalogados, con actuación referente al conocimiento del monte, en la fase de apeo, linderos enclavados, colindancia, etc.
- Colaboración en el establecimiento de líneas perimetrales provisionales y en amojonamientos.


PLANTACIONES FORESTALES, ROTURACIONES, CAMBIOS DE CULTIVO. Subvenciones en fincas particulares

- Tramitar subvenciones forestales y mantenimientos anuales
- Tramitar solicitudes de plantación, repoblación y roturación
- Presupuestar proyectos de plantación para subvenciones
- Implicación técnica en los Estudios Preliminares de Impacto Ambiental
- Manejo de documentos catastrales
-Emisión de propuestas de autorización/denegación
-Supervisar los trabajos forestales
-Certificaciones de tareas de mantenimiento
-Control de la planta, (procedencia, fitosanitario, etc.)

APROVECHAMIENTOS EN MONTES CATALOGADOS Y NO CATALOGADOS

- Control y seguimiento de los Proyectos de ordenación y Planes técnicos
- Intervención en la gestión de licencias de aprovechamiento
- Colaboración e información en inventarios forestales
- Conocimientos básicos sobre distribución de cuarteles, tramos, turnos de corta, ordenación - de montes, periodos de crecimiento, rentabilidad, productividad, etc.
- Realización de señalamientos para aprovechamientos extraordinarios
- Intervención en el proceso de Aprovechamientos Anuales, (pastos, ganado, leñas, rozas, etc)
- Intervención en subastas, (medición, cubicación, informes, control, etc)

EXPLOTACIÓN FORESTAL

- Tramitar solicitudes de aprovechamiento
- Señalamientos de frondosas, roble y haya con criterio técnico de cortabilidad
- Levantamiento de actas de señalamiento con las partes implicadas, (maderista, propietario)
- Elaboración de informe con la cubicación, especies, colindancias, etc.
- Actuaciones en repoblaciones, mejoras de montes, etc

INFRACCIONES Y SANCIONES

- Denuncias. Valoración técnica, peritación de daños, etc.

EJECUCIONES SUBSIDIARIAS, ARRASAMIENTOS, DECOMISOS, EMBARGOS

- Decomisar elementos, herramientas y productos
- Levantamiento de actas
- Realizar precintajes
- Participar en labores de arrasamiento y ejecuciones subsidiarias
- Vigilancia y control del cumplimiento de lo ordenado al finalizar el expediente

CABAÑAS EN LOS MONTES

- Aplicación de la normativa de ocupaciones
- Tramitación de instancias
- Información y asesoramiento sobre la obra
- Informes sobre las obras
- Recabar información ante la entidad propietaria
- Vigilancia y control del cumplimiento de los condicionantes
- Inventarios de construcciones

OBRAS HIDRÁULICAS

- Informes en materia de ocupaciones
- Tramitar solicitudes de ocupación
- Vigilancia y control de los condicionantes

ESPECIES FORESTALES Y PLAGAS

- Detectar anomalías sanitarias en los montes
- Emisión de informes sobre plagas y enfermedades
- Informar y asesorar a los propietarios de montes
- Intervenir en los procesos de tratamiento
- Aportación de datos periódicos

MEDIOS Y MATERIAL

- Empleo de:
- hipsómetro
- blume-leiss
- relascopio
- clinómetro
- regla de Christen
- clisímetro
- barrena de Pressler
- forcípula
- pentaprisma de Wheeler
- cintas métricas
- reglas
- flexómetros
- rodillo métrico
- brújula
- altímetro
- Cámaras de fotos
- prismáticos
- emisoras
- buscapersonas
- planos
- mapas
- fotos aéreas
- documentos catastrales
- vehículos
By LUIXFCO
#68829
Joder con la de trabajo que tienen no se por que coño pierden el tiempo con nosotros.
By Africano
#68849
Seria interesante saber si tienen la categoría de agentes de la autoridad (yo lo desconozco) pues en caso de que no sea así, su palabra tendría la misma fuerza jurídica que la nuestra, en caso de recurso ante la denuncia de un guarda forestal. Es decir podríamos argumentar que el día denunciado nos encontrábamos en otro lugar.
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By XR400R
#68860
Lo acaban de poner en otro post. (cazados por el seprona). SON AGENTES DE LA AUTORIDAD, SIN DUDAS. 8) SALUDOS.
By carlos2
#68864
Agentes de la autoridad?? Eso qué significa??

Os habeis leido el post??
By eldeivi
#68961
xr400, o no nos enteramos o no nos queremos enterar :evil: :evil: :evil:

en la lista que acaba de pegar carlos2, no encontrarás que figure la capacidad para emplumarte, lo que correspondería a algo así como " Vigilancia, prevención y control del tráfico rodado sobre el ámbito rural" o, en Sanciones, "Denuncia e incoación del correspondiente expediente o sanción administrativa ante las actuaciones contravenientes de la regulación en materia de tráfico rodado sobre el ámbito rural"

por otro lado, qué coño es un "agente de la autoridad"? a qué grado, escala funcionarial o cuerpo militar se corresponde ese teórico desempeño???

a ver si hablamos con un poco de autoridad (aquí sí) y conocimiento, que disparar al aire es chupao y parece que no pasa nada, pero deja a la gente acojonada

y va sin acritud, eh :wink:
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By dreses
#69050
Funciones de los agentes forestales:

Tocar los cojones

Si puedo un poco mas, que me parece poco.

Saludos
By carlos2
#69075
JAJAJAJA!!! Cuanta razón tienes Dreses.

Claro, que que nos podemos esperar de alguien que se presenta tal que así... Hola, soy Forres, Forres tal. Mi mama dice que endurero es el que hace cosas malas.

Por supuesto es un chiste fácil eh, estoy seguro que hay muchos forestales majísimos que montan en moto desde antes que yo naciera y que entienden y respetan a quien lo hace.
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By CROSSMANTOTAL
#155273
COMO AGENTE DE LA AUTORIDAD SE ENTIENDE QUE ES EL BRAZO O EXTENSION EJECUTORA DE LA AUTORIDAD COMPETENTE.

ES DECIR, QUE CUANDO A TI TE DENUNCIAN POR COMETER UN DELITO O FALTA CONTRA EL MEDIO AMBIENTE, NO LO HACE EL MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE DIRECTAMENTE, NI EL MINISTRO, SI NO UNO DE SUS AGENTES EN SU NOMBRE, UN AGENTE DE LA AUTORIDAD.

PASA LO MISMO CON LA POLICIA, O LA GUARDIA CIVIL.

Y POR SUPUESTO SE LE DA MÁS CREDIBILIDAD A SU PALABRA QUE A LA NUESTRA. POR MUCHO QUE NOS JO...
By carlos2
#155319
no es correcto crossman, ellos pueden informar de una irregularidad (medioambiental en nuestro caso), como puede hacerlo cualquiera, sea funcionario (como los agentes forestales) o autónomo (como el sr. del bar donde pares a tomarte una cerveza) pero deberá ser la comunidad autónoma correspondiente que sancione y para que eso llegue a ocurrir tendrán en cuenta la versión del denunciante y la del denunciado.

te aseguro que por mucho que un agente forestal diga que te ha visto montando en una zona no permitida, la denuncia no prosperará si tu demuestras que estabas en otro sitio en ese momento.

Que nos quede claro, los agentes forestales no tienen autoridad alguna.
By carlos2
#155321
Como seguro que a más de uno le da pereza leerselo, resalto lo que realmente nos interesa a nosotros:


Estas son las funciones que desarrolla la Guardería Rural /Agentes forestales/Agentes Rurales/

PRÁCTICAS DEPORTIVAS EN MONTES Cross, senderismo, acampadas, áreas recreativas

- Informes sobre prácticas deportivas
- Vigilancia y control de las que necesiten autorización
- Denuncias en caso de actividades no autorizadas

ESTO NO NOS AFECTA, A NO SER QUE SEAIS LOS ORGANIZADORES DE UNA CARRERA O EVENTO SIMILAR

INFRACCIONES Y SANCIONES

- Denuncias. Valoración técnica, peritación de daños, etc.

ES DECIR, LO QUE HE PUESTO EN EL MENSAJE ANTERIOR, PUEDEN NOTIFICAR DENUNCIAS COMO LO PODEMOS HACER CUALQUIERA DE NOSOTROS.

ELLOS PUEDEN NOTIFICAR UNA DENUNCIA CONTRA MI POR CIRCULAR CON UN VEHICULO A MOTOR EN ZONA NO PERMITIDA, COMO PUEDO HACERLO YO PORQUE ELLOS CONDUZCAN UN VEHICULO CON ROTATIVOS CARECIENDO DEL PERMISO BTP, POR PONER UN EJEMPLO.

NO PUEDEN DENUNCIAR, NO TIENEN CAPACIDAD PARA HACERLO
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By Resuello
#155427
Ojo, hasta donde yo se son agentes de la autoridad en el ejerciccio de sus funciones, y nada mas, por lo que tienen presunción de veracidad por ejemplo a la hora de denunciar delitos ecológicos, ahora bien hasta que punto nos pueden denunciar por delito ecológico ó no depende de donde te paren.

Vamos que en la CAM si nos paran en un camino vecinal es como si pretenden pararte en una carretera, asi que se vayan a hacer puñetas, yo en caso de duda llamaría a la GC (esto es como las mamadas, puestos a que te calzen que lo haga un profesional), pero claro si estás en una trialera date por jodido.

Y esperar que esto se puede poner peor, porque me he enterado de ue andan pretendiendo que les den un arma, como ya la llevaban en tiempos del tio Paco (aquel que vivía en el Pardo), esperemos que en la consejería de Medio Ambiente haya un mínimo de sentido común.
By carlos2
#155476
si me pillan a mi que se den por jodidos ellos pq yo pagaré la sanción correspondiente (lo mismo que si me denuncia mi vecino) y siempre que no prosperen mis recursos pero ellos van a tener que demostrar que hasta los calzoncillos que llevan son reglamentarios.

yo me juego dinero por practicar un deporte, no hay problema, también me lo juego si gripo la moto o con la devaluación de la misma pero ellos se juegan empleo y sueldo. No es comparable.

un arma es una responsabilidad enorme y poca gente la porta tranquilo y menos aun sin necesidad, sólo un pseudo rambo querría tenerla. Nunca se la darán a un colectivo de gañanes que ansía tenerla.
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By javi_blaster
#155487
Este tema me tiene un tanto nervioso porque no se dice de forma feaciente si son o no son agentes de la autoridad.

Lo que yo deduzco es que pueden denunciarte, que no sancionarte, si estas cometiendo un delito ecologico, por lo que yo pregunto si el ir por una via pecuaria (prohibido en madrid) es un delito ecologico o de tráfico?. Si es ecologico si que pueden denunciarte pero si no es ecologico no hay que darles ni los buenos dias si no quieres. Asi de simple. Alguien puede aclarar esto?

Y hablo de zonas sin proteccion especifica, como pueden ser A1, A2, etc...., Es decir fuera de esas zonas protegidas.
By ratbiker
#156585
En el caso de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen acreditada la condición de agente de la autoridad en la Ley Orgánica 2/86 y en el caso de los Agentes Forestales de las comunidades autónomas esta condición viene definida, en primer lugar en la Ley de Montes, recientemente modificada en la que también se les reconoce la condición de Policía Judicial, (ya lo eran por el art 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), además de en una variada colección de textos legales, desde los reglamentos y leyes de creación del cuerpo hasta en las disposiciones que regulan el bien a proteger, (monte, paraje, espacio natural, etc).
Por otra parte, en el libro de Carmen Juanatey “El delito de desobediencia a la Autoridad”, la autora explica que “el actual Código Penal, a diferencia de lo que hacía el de 1928, no ofrece definición alguna del concepto de Agentes de la Autoridad, razón por la cual doctrina y jurisprudencia han tratado de dar contenido a dicho concepto. En general puede afirmarse, de acuerdo con los criterios elaborados por la doctrina y la jurisprudencia españolas, que son Agentes de la Autoridad aquellos funcionarios públicos cuyo cometido es la ejecución de las decisiones de la autoridad”.
Si te niegas a identificarte qué?
Lo que ocurre en este caso es que pasamos, de forma automática, de haber cometido una infracción administrativa, (en el caso que lo hayamos hecho), a estar cometiendo una falta tipificada como “falta de desobediencia a agente de la autoridad”. Es este caso ningún juez va a dudar en condenarnos.
Ante la incertidumbre que surge sobre quién nos puede pedir y a quién tenemos que enseñar la documentación de nuestro vehículo, la Ley es clara:
El Art. 53 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que el conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia para conducir válido, así como el permiso de circulación del vehículo y la tarjeta de inspección técnica o certificado de características, y deberán exhibirlos ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten.
By ratbiker
#156587
Para arrojar más luz sobre el tema anterior iluminando a los no iniciados en lides legales, aclarar que dentro de las "ilegalidades" hay delitos e infracciones administrativas. Los primeros los juzga un juez y las segundas la administración, (autonómica o local).
En el caso de un delito no existe el concepto de presunción de veracidad por parte del denunciante, al contrario de lo que ocurre en una infracción administrativa, pero el juez, se va a fiar más de lo que diga un agente de la autoridad que de lo que digas tú, a menos que seas capaz de introducir una duda razonable sobre los hechos juzgados.
En el caso de las infracciones administrativas no existe eso tan manido de "todos somos inocentes hasta que se demuestra lo contrario". Aquí la versión del agente de la autoridad plasmada en denuncia, atestado o informe tiene "fé de veracidad", salvo prueba en contra.
Para rematar y cambiar un poco de tercio os informo de que se ha modificado la Ley de Montes. Aún no se ha publicado en el BOE, pero si en el diario de sesiones del Congreso de los Diputados. En esta modificación salen cosas que nos van a afectart directamente:

"Art. 54 bis: La circulación con vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras quedará limitada a las servidumbres de paso que hubiera lugar (...)"

Sobre todos estos temas estoy preparando un trabajo para publicar en una revista del sector. Cuando lo termine pasaré más datos.
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By CROSSMANTOTAL
#156670
CONCLUSIÓN:
AAFF = AGENTE DE LA AUTORIDAD, LE PESE A QUIEN LE PESE.
By carlos2
#156852
tienen toda la autoridad. En su casa, con permiso de su mujer.
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By TBO
#157003
Son agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, pero eso NO es pertenecer a los Cuerpos de Seguridad del Estado, por lo que ni pueden detenerte, ni esposarte, ni sujetarte, ni insultarte, ni tocarte un pelo de la ropa ni de la moto...

Fuera del campo son como tu y como yo...es decir, esas movidas que a veces montan en alguna carretera persiguiendo moteros no pueden hacerlas ni en sueños (aunque las hacen)

Pueden levantar acta, denunciarte y/o avisar a la GC, pero te quedas esperandoles pq TU QUIERES, no pq pueden forzarle/obligarte (no capacidad coercitiva o nosequegaitas)

Si os ocurre lo contrario, DENUNCIADLES...ellos verán quien se está jugando el pan de sus niños

Saludos
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By CROSSMANTOTAL
#157092
TBO escribió:Son agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, pero eso NO es pertenecer a los Cuerpos de Seguridad del Estado,.......
Saludos
POR SUPUESTÍSIMO QUE NO SON DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO.

NO JOD..., QUE ENTONCES LLEVARÍAN PISTOLA.

PERO SÍ QUE SON AGENTES DE LA AUTORIDAD, Y EN EL USO DE SUS FUNCIONES, SU TESTIMONIO PREVALECE SOBRE EL NUESTRO.

OTRA COSA MUY DIFERENTE ES QUE EN SUS ACTUACIONES SE EXTRALIMITEN SIN CONOCIMIENTO.