Tu trocito de campo en Internet (enduro, mx, trial, SM....)
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By ibero2
#338521
Las normas especiales para los helicópteros (en España) están contenidas en el libro quinto del Reglamento de Circulación Aérea. Puedes bajarlo de aquí: http://www.aeroniebla.com/downloads.php?cat_id=3

Resalto lo que te afecta:

2.3.1. Protección de personas y propiedad.
2.3.1.1. Operación negligente o temeraria de aeronaves.
Ninguna aeronave podrá conducirse negligente o temerariamente de modo que ponga en
peligro la vida o propiedad ajenas.


5.1.1.5. A reserva de lo que se establece en 5.1.1.8., los helicópteros que efectúen operaciones
de trabajos aéreos, de vuelos privados o de servicios oficiales podrán utilizar los helipuertos
eventuales elegidos en cada caso por el Piloto, sin necesidad de que para el establecimiento de
éstos se tenga un permiso previo de la autoridad competente; no obstante:
El Piloto deberá haber recibido previamente autorización del propietario del terreno, tanto para
la utilización del helipuerto eventual, como para el acceso al mismo de los agentes de la autoridad
encargados de la verificación de las condiciones de utilización de los helicópteros.


5.1.1.7. Los helicópteros sólo podrán aterrizar y despegar en los aeródromos, helipuertos o
helipuertos eventuales especialmente autorizados. Los helicópteros no podrán aterrizar ni despegar
en el interior o en las proximidades de las aglomeracions urbanas o inmediata vecindad
de aeródromos -cuyas servidumbres a estos efectos serán determinadas por la autoridad competente-,
con excepción de los casos en que se efectúen operaciones de salvamento, de transporte
sanitario de urgencia o preventivos de accidentes.


5.1.2. Operaciones especiales.
Son operaciones especiales las efectuadas por helicópteros de Estado en misiones tácticas
(militares, policía y aduana), los de búsqueda y salvamento en misiones propias de su servicio,
los de transporte sanitario de urgencia y evacuaciones y los de servicios contraincendios.
Los operadores de estos helicópteros que realicen estas misiones, total o parcialmente, deberán
elaborar una “Carta de Acuerdo” con los diferentes Organismos competentes en estas materias,
en la que se establezcan los criterios de operación y posibles exenciones a las normas establecidas


Las normas más básicas las tienes ahí. El resto de la legislación aérea está muy dispersa y en continuo cambio, sometida al derecho internacional y a los acuerdos bi-multilaterales, y en muchos casos se mezcla con el derecho penal, civil y mercantil.


Ya tienes para empezar :P
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By Miguel Angel
#338527
Recabando información sobre este tema, le pregunté a una persona puesta en este asunto. Su opinión se resume en dos puntos:

1.- Si han hecho despegar un helicóptero, es porque cuentan con todos los permisos y parabienes necesarios. Vamos que hacer despegar un helicóptero no es como salir a darse una vuelta con el Nissan Patrol o con las GasGas. Tienen que terne permiso de vuelo, plan de vuelo, .... y además, cuesta un pastón. Por tanto, en su opinión, es imposible meterles mano en base a denunciarles. Están realizando tareas en cumplimiento de sus obligaciones.

2.- Sin embargo, es evidente que es un uso desproporcionado de medios para la misión a cumplir. Por ello opina que un periódico, radio o televisión que estuviese interesado en darles caña a ese partido político, podría publicar la noticia, y si le da suficiente bombo y platillo, se generaría suficiente ruido como para que determinados cargos políticos tengan que dar explicaciones sobre el uso que se hace de los recursos públicos y tengan que investigar los actos de estos agentes y les pongan una sanción ejemplarizante. Claro que buscar a la televisión autonómica, controlada como todas por sus gobiernos locales, interesada en meter ruido, o a un periódico dispuesto a dar caña, puede ser una misión complicada por no decir imposible.
By robros
#338540
bueno pues después de contrastar información con WROSCAR, parece ser que nuestro amigo del helo fue el mismo que se dio la vuelta al verme a mí y me estuvo siguiendo un rato (regresaba con prisa e iba por caminos rurales), me imagino que como no pudo metérmela pues se acabó largando.
Vamos a tener que otear el horizonte en las salidas....hay que joderse.
By fuentespre
#338556
Me parece que de esta no te vas a poder librar...
Las leyes están de su parte
5.1.2. Operaciones especiales.
Son operaciones especiales las efectuadas por helicópteros de Estado en misiones tácticas
(militares, policía y aduana
y supongo que aquí todo el mundo tenemos claro que el fin para el que se estaba usando el helicóptero no era el de cazar moteros (sino el de labores de policía medio ambiental o eso dirán), pero evidentemente, al encotrarse con varios moteros infringiendo la ley se vieron obligados a actuar en ese momento y lugar, por razón de su profesión...

Me parece que la cosa está chunga... pero se puede evitar (matrículas embarradas y perpendiculares al suelo)
By MOMI
#338586
sigo este post como si de una pelicula de terror se tratara. Hay que joderse como está la cosa :evil: .

Mucho animo a los protagonistas de la peli!!!!. A ver si conseguis darle la vuelta a la tortilla y darles jarabe de palo a esos forresganes que se dedican a darse paseitos con los medios que todos les pagamos.
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By Joe
#338591
fuentespre escribió:Me parece que de esta no te vas a poder librar...
Las leyes están de su parte
5.1.2. Operaciones especiales.
Son operaciones especiales las efectuadas por helicópteros de Estado en misiones tácticas
(militares, policía y aduana
y supongo que aquí todo el mundo tenemos claro que el fin para el que se estaba usando el helicóptero no era el de cazar moteros (sino el de labores de policía medio ambiental o eso dirán), pero evidentemente, al encotrarse con varios moteros infringiendo la ley se vieron obligados a actuar en ese momento y lugar, por razón de su profesión...

Me parece que la cosa está chunga... pero se puede evitar (matrículas embarradas y perpendiculares al suelo)
Dificilmente se puede hacer labores de policia cuando no habia ningun policia a bordo¡¡¡

Hacedme caso, una buena denuncia (querella, mejor todavia) por coacciones, no lo he mirado, seguro que hay algun delito que otro mas (algun penalista en el foro???) y luego al periódico 8)
By Sixdays
#338718
¡Uy amigo Joe!, si te oyen decirles que no son policias, se ponen como lobos, de hecho tienen una page que se denomina policiasdemedioambiente.com
Lo cierto es que dicho cuerpo se configura como una policía administrativa especial y una polícia judicial de caracter genérico. Es decir que en tanto investiguen delitos o faltas de los recogidos en nuestro código penal serán policía judicial , en concreto de los artículos 319 y siguientes ( L.O 10/1995 por la que se aprueba el C.Penal ).

Lo que yo creo es que si te paran por una infracción administrativa, y te niegas a identificarte( artículo 20 de la L.O 1/1992 de 21 de febrero) , se puede convertir en una falta o delito dependiendo de las circunstancias. Por tanto ya no es una sanción administrativa. Te podrían detener para llevarte a dependencias policiales y proceder a tu identificación.

Pero la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo por la que se regula a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado habla de las policías autonómicas y de la policia judicial. En mi humilde opinión el legislador no pensaba en los forestales cuando habla de policía autonómica sino en la policía autonómica vasca y en los mossos, más acorde con la fecha y momento en la que se elaboró la Ley, y del espíritu de la misma.

Si un forestal pretende agarrarse a ser considerado dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, en su vertiente de policía judicial ( artículos 29 a 36 de la Ley ), pues entonces habrá de recordarse que en tanto no se tipifiquen nuestras conductas como delitos o faltas sino como sanciones administrativas, es decir sería una policía meramente administrativa.

De hecho, sin el auxilio de la Guardia Civil o de una verdadera fuerza de seguridad policial ( lo digo con toda intención por si me leen los agentes de medioambiente. No son fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, y no gozan de poder de coerción es básico, aunque les moleste, gracias a Dios no lo tienen todavía ) Sería muy complicado proceder a la detención de uno de nosotros por su parte por una infracción administrativa, incluso pueden incurirr en un delito :

C.P Artículo 167.

La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, y sin mediar causa por delito, cometiere alguno de los hechos descritos en los artículos anteriores será castigado con las penas respectivamente previstas en éstos, en su mitad superior y, además, con la de inhabilitación absoluta por tiempo de ocho a doce años.


En fin, que lo que quiero decir es que, da mucho miedo el que unos agentes forestales en helicoptero e imbuidos de la pasión por acabar con el deporte de la moto de campo aterricen a tu lado, pero jamás hemos de olvidar que el sistema es para todos. Si te niegas a identificarte es muy complicado para ellos proceder a tu detención y usar la fuerza para ello, tienen que venir los de verde.

Es mi humilde opinión.
By Evo
#338725
Chalyx escribió:Hola amigo :wink:

Lo primero siento lo que te ha pasado :( :(

Se que no es agradable por experiencia propia............ ya sabeis algunos que hace aunos años acabamos en los tribunales me hermano y unos amigos con esta gente; no nos pegó un forestal porque le sujetaron sus compañeros (al igual que nosotros a él).......

Acabamos llamando a la guardia civil ante la situacion a la que nos estabamos enfrentando, y acabamos poniendo denuncia en los juzgados (nos insultaron, zarandearon, amen de que a mi hermano le tiraron de la moto al saltarle de unos matorrales)

Nos enfrentamos a un tipo de gente, que siendo ecologistas radicales, y odiandonos de una manera profunda e irracional, les han dado el arma de la consideración de agentes de la autoridad, y por tanto la presuncion de veracidad

Todo esto sin exigirseles preparacion ninguna :shock: :shock: ......... de haí la diferencia de trato que tantas veces se ha dicho entre seprona y agentes miedo-ambientales

Los unos pasan por una academia casi militar de la que no salen durante meses de preparacion de todo tipo (Constitucional y de leyes incluidas)............. y los otros solo tienen que aprobar una triste oposicion, que la mayoría de las veces ni estudian porque saben las preguntas de antemano :shock: ............. (de esto último ya presumia un pseudo agente que posteaba por aqui, concretamente el responsable de la pagina web diarioforestal.com)

Todo esto lo digo para que nos demos cuenta de la "catadura moral" de estos tipos, que no tienen reparos en utilizar "TAL DESPROPORCION DE MEDIOS" (y caros), para dar caza al endurero

ESTOY TOTALMENTE CONVENCIDO QUE NO SE PUEDEN UTILIZAR ESTOS MEDIOS PARA IMPEDIR UNA "INFRACCION LEVE"

Las fuerzas de orden y seguridad del estado no pueden siquiera iniciar una persecucion de un delincuente, si con ello ponen en peligro la integridad fisica del propio delincuente o de ellos mismos y otros ciudadanos

ESTO PARECE LA OCURRENCIA DE UNO DE ESTOS PERSONAJES "TALIBANES MIEDO-AMBIENTALES"

SALUDOS¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
Alucinante. . .

Mirad lo que dicen los propios forresganes de su propia "hazaña":

http://www.agentesforestales.net/index. ... 1&id=50375

Fijaros en el forresgan que utiliza el nombre de "anónimo" en dicho foro. ¿No os recuerda al forresgan al que se refiere Chalyx, aquel que era el responsable de http://www.diarioforestal.es ?

¿No estaba aquel forresgan involucrado en lo de poner cables trampa por los caminos?
No me acuerdo de como se llamaba, pero me suena que se rumoreaba que le echaron de la Comunidad de Madrid y que aprobó la oposición en Castilla la Mancha usando un pinganillo.

Lo curioso, es que el http://www.diarioforestal.es, tan famoso, después de dedicarse solo a insultarnos durante muchos años, cambió todos sus contenidos exclusivamente a la pornografía más cutre. Sin embargo, ahora ya no existe, y en el Registro de Dominios http://www.nic.es, figura que dicha página web ha sido PROHIBIDA. ¿Porqué será?

¿Alguien sabe algo más de aquel fulano, de su web, y de su obsesión con todos nosotros?
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By clementi
#338747
Sixdays escribió:¡Uy amigo Joe!, si te oyen decirles que no son policias......
¡ Excelente análisis Sixdays !

Además de tus magníficos comentarios, quizás la clave esté en que pueden ser utilizados como policías (con igual poder coercitivo que la Guardia Civil, Policía Local y autonómica) siempre que reciban instrucciones precisas para ello. Pero su función genérica y habitual como Policía Administrativa Especial no los convierte en miembros de derecho de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Es decir, quizás lo habilitante no es que se encuentren ante un delito o una falta, sino que dicho factor habilitante lo deben recibir expresamente del órgano con poder suficiente para ello.

¿Qué piensas?
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By Joe
#338748
Sixdays escribió:¡Uy amigo Joe!, si te oyen decirles que no son policias, se ponen como lobos, de hecho tienen una page que se denomina policiasdemedioambiente.com
Lo cierto es que dicho cuerpo se configura como una policía administrativa especial y una polícia judicial de caracter genérico. Es decir que en tanto investiguen delitos o faltas de los recogidos en nuestro código penal serán policía judicial , en concreto de los artículos 319 y siguientes ( L.O 10/1995 por la que se aprueba el C.Penal ).

Lo que yo creo es que si te paran por una infracción administrativa, y te niegas a identificarte( artículo 20 de la L.O 1/1992 de 21 de febrero) , se puede convertir en una falta o delito dependiendo de las circunstancias. Por tanto ya no es una sanción administrativa. Te podrían detener para llevarte a dependencias policiales y proceder a tu identificación.

Pero la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo por la que se regula a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado habla de las policías autonómicas y de la policia judicial. En mi humilde opinión el legislador no pensaba en los forestales cuando habla de policía autonómica sino en la policía autonómica vasca y en los mossos, más acorde con la fecha y momento en la que se elaboró la Ley, y del espíritu de la misma.

Si un forestal pretende agarrarse a ser considerado dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, en su vertiente de policía judicial ( artículos 29 a 36 de la Ley ), pues entonces habrá de recordarse que en tanto no se tipifiquen nuestras conductas como delitos o faltas sino como sanciones administrativas, es decir sería una policía meramente administrativa.

De hecho, sin el auxilio de la Guardia Civil o de una verdadera fuerza de seguridad policial ( lo digo con toda intención por si me leen los agentes de medioambiente. No son fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, y no gozan de poder de coerción es básico, aunque les moleste, gracias a Dios no lo tienen todavía ) Sería muy complicado proceder a la detención de uno de nosotros por su parte por una infracción administrativa, incluso pueden incurirr en un delito :

C.P Artículo 167.

La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, y sin mediar causa por delito, cometiere alguno de los hechos descritos en los artículos anteriores será castigado con las penas respectivamente previstas en éstos, en su mitad superior y, además, con la de inhabilitación absoluta por tiempo de ocho a doce años.


En fin, que lo que quiero decir es que, da mucho miedo el que unos agentes forestales en helicoptero e imbuidos de la pasión por acabar con el deporte de la moto de campo aterricen a tu lado, pero jamás hemos de olvidar que el sistema es para todos. Si te niegas a identificarte es muy complicado para ellos proceder a tu detención y usar la fuerza para ello, tienen que venir los de verde.

Es mi humilde opinión.
Touchee¡¡¡¡ :D

Por "policia administrativa" hay que entender que son un mero cuerpo de funcionarios con funciones coercitivas como tantos otros (v.gr. inspectores de hacienda) o tienen un régimen especial que les atribuye carácter de cuerpos o fuerzas de seguridad del estado ??

Gracias por tu aporte, yo soy del gremio pero tras 20 años en el derecho economico, estas cosas me sobrepasan. :?
By Evo
#338787
Mirar lo que le dice un forresgan a un endurero en esta página:

http://www.agentesforestales.net/index. ... t=30#50544

"Anonimo escribió:

Endurero, tienes el mismo discurso vacío que el resto de infractores, a parte haces gala de una mala educación y un lenguaje soez........"

Ahora mirar lo que le contestó aquel forresgan del diarioforestal, al Chalyx, en esta página:

viewtopic.php?f=1&t=24670&p=214465&hili ... al#p214465

"Es conveniente hablar con un poco de educación para que a uno le escuchen.
Algo que no se aprende, desde luego en lo alto de una moto; ya que esta actividad tiene algo más que ver con la falta de empatía que con otra cosa. Le recomiendo busque otras aficiones más "ciudadanas".

Si otro particular, reciba un cordial saludo.

diarioforestal.es"

¿No os parece que es el mismo forresgan? ¿No comentaba alguien en el foro que le echaron de la Comunidad de Madrid o que después aprobó con pinganillo en Castilla la Mancha?

¡¡¡ Se le ve el plumero !!!

Debe de estar muy contento con su moco-coptero. Sobre todo después de que le chaparan su web cutre y pornográfica, en la que nos llamaba borrachos y otras lindezas....
By MOMI
#339043
hola a todos,

me he liado un poco, con lo que ha puesto sixdays, no soy muy ducho en leyes y tengo una duda, si me para un forresgan y me pide identificacion (DNI), ¿debo darselo siempre, o solo en el ejercicio de determinadas funciones?. Me queda claro que los papeles de la moto, ni de coña.

Slds
By robros
#339044
Este finde he podido ver la rodadas de los 4X4 en los sembrados recien plantados de cebada, donde ha empezado a crecer ya un poco la hierba. La verdad se notan muchísimo y no me extraña la denuncia de esos agricultores, cruzan los campos de lado a lado haciendo trompos etc... deberían tener claro los señores agentes de la ley quien va al campo a perjudicarlo y quien trata hacer de él un uso deportivo. No quiero mencionar los muchísimos vertederos ilegales que hay por toda la zona y nunca he visto un operativo para pillar a los que tiran la mierda ahí. Si tuvieran un poco de ética nos dejarían en paz ya que nosotros no somos el enemigo. Es más hasta podríamos colaborar con ellos denunciando cazas furtivas, arrojo de basuras etc...yo he visto algunas cosas y no he denunciado porque seguro luego me salpica por ir con la moto.
By Sixdays
#339056
A ver MOMI si soy capaz de explicártelo, a veces me enredo. Pues mira si un agente de medio ambiente va por la calle y te pide el DNI, no tiene potestad para hacerlo, no ejerce funciones de policía en ese caso.

Si vas por el campo con tu moto y estima que estás cometiendo una infracción administrativa ( QUE NO DELITO ), pues puede en el ejercicio de sus funciones tratar de identificarte. Llegados a este punto, si te niegas a identificarte tendrá que obligarte a ello, cómo, pues deteniéndote. Y aquí viene lo difícil, puesto que detenerte por una infracción administrativa implica que al final tienen que llamar a la Guardia Civil.

Si te detienen por la fuerza el tema se les complica mucho, puesto que tienen que tener dependencias al efecto de la detención, tienen que tener un libro registro con el motivo y duración de la detención, tienen que avisar a la autoridad judicial competente y al Ministerio Fiscal, tiene que ser ejecutada en un plazo razonable. No tienen dependencias, no saben como llevar a cabo una detención ( no es tan sencillo como parece si el reo te hace las cosas complicadas ), hay que conocer materias como Derecho Penal o Constitucional, pueden incurrir en el 167 del C.P y eso tiene consecuencias.

Además de todo esto, como una fuerza que carece de fuerza de coercíón ( no llevan esposas, porrar o pistolas ) puede detenerte?,
te tienen que golpear para detenerte ?
Te atarán con cuerdas ?

Llamarán a la GC, pero y si decides irte antes de que llegue el Seprona ?, cómo te detienen ?

Y pese a lo que sostengan en sus foros no son cuerpos y fuerzas de seguridad de Estado, para mí son una policía admva en el ejercicio de sus funciones, y policía judicial en aquellas materias en las que se requiera por un Juez su auxilio y siempre que estemos ante delitos, no infracciones administrativas.