Tu trocito de campo en Internet (enduro, mx, trial, SM....)
#330527
Nos ha llegado este mail. Queremos darle la maxima difusión. Os los adjunto.

Ha salido publicado en el Diario Oficial el 13 de Septiembre.

Hay 20 días para presentar alegaciones.

Por favor.... Darle la máxima cobertura.

NO NOS BENEFICIA A NADIE. NO QUIEREN QUE LA GENTE ESTE EN EL MONTE.....ni los vehículos, ni las bicis ni los andarines/senderistas.

- Ocultar texto citado -

Saludos.



----- Original Message -----
From: D.G. Politica Forestal
To: politicaforestal@jccm.es
Sent: Thursday, September 09, 2010 5:41 PM
Subject: Información pública Decreto uso público de determinadas actividades en el medio natural

Buenas tardes:



Desde la Dirección General de Política Forestal se ha impulsado la tramitación de nueva normativa en relación al uso público en el medio natural de Castilla-La Mancha. Así, y a propuesta conjunta de las Consejerías de Educación, Ciencia y Cultura, la Consejería de Empleo, Igualdad y Juventud y la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, se pretende actualizar y mejorar lo establecido en el Decreto 63/2006, de 16 de mayo, del uso recreativo, la acampada y la circulación de vehículos a motor en el medio natural y cumplir las exigencias establecidas en la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, en el marco establecido por el Plan de Conservación del Medio Natural.



Dado que la norma afecta a derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, y según se establece en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, se considera conveniente iniciar un periodo de información pública para recoger las aportaciones de cualquier interesado y mejorar el texto propuesto. De esta forma, durante la tramitación del nuevo borrador todos los interesados podrán conocer su contenido, exponiendo las mejoras y observaciones que consideren necesarias.



Por todo ello, se ha enviado para su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, la Resolución por la que se iniciará un periodo de información pública, estando el borrador de la normativa a disposición de cualquier interesado en la web: campaña “área de participación” (http://www.jccm.es/cs/Satellite/index/c ... laLaMancha).


http://www.jccm.es/cs/Satellite?blobcol ... inary=true


Puede remitir las observaciones que estime oportunas, que seguro mejorarán el texto ahora presentado, rogando se transmitan las mismas antes de que finalice el plazo de información pública (veinte días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la citada Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha).



Un saludo,




Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Consejería de Agricultura y Medio Ambiente

Dirección General de Política Forestal

Tfno: 925 28 67 08

E-mail: politicaforestal@jccm.es
#330532
Por lo q veo los artículos 19, 20, 21 y 22 son los q más nos afectan.
Prohibido, prohibido, prohibido,... :evil:
Gracias Acaro.
Salu22 con tristeza :descontento:
#330549
""""Articulo 21.5 Las pruebas de habilidad, trial, enduro o motocross, únicamente podrán
autorizarse sobre recorridos o itinerarios permanentes y zonas expresamente
concebidas para estos deportes incluidas en la Red Regional de Espacios
Recreativos.""""

¿Pero han incluido ya alguna zona para la práctica del Enduro....?

Joder, joder.... otra comunidad más.
#330569
Yo pienso seguir montando, que se vayan a la mierda!!! :twisted: :twisted:
Salu2.
#330576
Oido esta misma mañana de boca de uno de los políticos que ha participado en la elaboración de esta ley:

"Al final, la Administración acaba negociando (si, hablaba de "negociar" ) las leyes con las asociaciones y colectivos que tienen un respaldo social significativo y cuentan con capacidad de presionarnos, vamos, de darnos por culo" (juro que usó esta expresión literalmente).

Y oido de otro que lo acompañaba: "en cierta reunión, el representante de los ecologistas y fulano discutían sobre cierta denuncia a una industria y el representante ecologista argumentaba: si yo sé que si tu y yo nos ponemos a debatir en medio de la plaza, y tu defiendes la creación de empleo de esta empresa y yo defiendo a la avutarda, vas a arrasarme, pero yo te voy a dar por c... todo lo que pueda y mi asociación acabará llevando el conflicto a Bruselas..."

Conclusión: sin una organización profesionalizada -no descartar las subvenciones de la propia administración- no somos N A D A. Si no combatimos con las mismas armas no ganaremos N U N C A.
#330588
cocoloco escribió:.........-no descartar las subvenciones de la propia administración-........
Yo, para empezar a colaborar con los ecologetas y todo tipo de asociaciones absurdas de hippies, porreros y vagos........, hace mucho que no pongo la puñetera X en la puñetera casilla del puñetero IRPF de las puñeteras ONG´s....si quieren pasta que no sea directamente mia para joderme a mi :evil:
#330611
saludos a todos.
aver, lo primero que pienso al leer este proyecto del ley, es que se nos esta abiendo una puerta que teniamos ya cerrada, me explico: desde el año 2004 existe una ley que proibe en C. la mancha, la circulacion durante todo el año a motos de trial, enduro y quad, fuera de pistas asfaltadas, por suerte para nosotros poco conocida ( quiza no deveria abrir los ojos a nadie) asique si se habla de la posibilidad de montar en zonas determinadas creo que es un paso para delante para las motos de enduro.

de todas formas, tambien opino que lo mejor seria estar unidos para poder "achuchar" mas a los politicos que no saben mas que proibir y nos hacen prisioneros de nuestras propias libertades.
#330721
Al contrario no abre ninguna puerta y a mi juicio es claramente inconstitucional (si se aprobase finalmente el proyecto tal cual, que a bote pronto me parece una aunténtica MAJADERÍA).

Si te refieres a Ley de Montes de CLM prohíbía la circulación de motos en los montes públicos, pero no regulaba lo que ocurría en los privados.

Esta nueva ley regula ciertas actividades en el "monte" pero no distingue montes públicos de privados (yo no he encontrado la distinción, puesto que se remite a otra norma para definir que es el "monte" pero insisto, no habla de titularidad pública o privada).

Por lo que yo entiendo, hay que pedir autorización hasta para echarse la siesta en el monte. Y como está tan bien hecha, si el dueño planta un tienda de campaña en "su monte" pero no ha pedido permiso, lo pueden sancionar. Lo de las motos, a estas alturas, ya no extraña a nadie.
#330984
Yo no dejaré de montar nunca y aunque por mucho que prohiban siempre habra sitios en los que se pueda hacer,a la M con todos estos politicuchos, también prohiben el botellón, fumar marihuana, robar, delinquir y la gente lo sigue haciendo...........porque no vamos a hacer lo que más nos gusta??????? Creo que todas estas historias ademas de prohibir, lo que hacen es meterle un poco de miedo a la gente..........el futuro del Enduro está en nuestro amor por las motos y el campo y en no dejar nunca que nos avasallen, TODOS AL CAMPO!!!!!!

SALUDOS Y GASSS :dummy:
#334531
Hola a todos, aunque sin moto, sigo en el monte mas que nunca y de vez en cuando leo el foro de mi querida perseguida aficion.
La subdelegacion de medio ambiente, me ha contestado al escrito de alegaciones y han modificado el borrador, gracias, a todos los que nos molestamos un poquito en presentar las alegaciones.

Aqui esta el nuevo, con fecha de noviembre 2010.

A ver si entre todos lo analizamos y actuamos, por la cuenta que nos trae.

http://www.jccm.es/contenidos/portal/cc ... 2009_4.pdf
#334537
Gracias por tu ayuda Agustín !!

No entiendo el segundo parrafo del articulo 20:

Excepcionalmente, se podrán incluir itinerarios en la Red Regional de Espacios Recreativos para el tránsito abierto con vehículos a motor en terreno con condición de monte, cuando se constate la adecuación del vial, la correcta señalización del acceso y la asunción del mantenimiento y de la responsabilidad civil por los titulares, los cuales en ningún caso deberán estar integrados por caminos no asfaltados de anchura inferior a 2 metros.


Si entiendo bien, se deben dar dos condiciones para incluir itinerarios:

cuando se constate la adecuación del vial, la correcta señalización del acceso y la asunción del mantenimiento y de la responsabilidad civil por los titulares.

Entiendo que se deben dar todas esas condiciones (en negrita). ¿quien es el titular de una senda?

en ningún caso deberán estar integrados por caminos no asfaltados de anchura inferior a 2 metros

Qué manía!! qué les pasa a los caminos no asfaltados de menos de 2m ???? Les pasa que si no pasa nadie, se pierden comidos por el monte ¿no???

Saludos