Tu trocito de campo en Internet (enduro, mx, trial, SM....)
By angelgas
#332985
Foreando me he encontrado con esto.

Como siga asi la cosa no me extrañaria que para 2011 les dieran un fusil a los forresganes.

Borrador de la nueva LEY DE MONTES, con esto nos pegan la puntilla, estamos ante la prohibición total.

Esto es lo que nos espera a todos los vehículos motorizados o no motorizados, bicis BTT, motos, coches, etc, etc PROHIBICION TOTAL


4. La circulación y el aparcamiento de vehículos a motor será objeto de regulación por parte de la consejería competente en materia de montes. No obstante no podrá realizarse fuera de las pistas forestales y de las zonas señaladas para aparcamiento, salvo por razones de emergencia o conservación, de gestión y vigilancia de los montes, labores de extinción de incendios o excepcionalmente, previa autorización expresa.

Artículo 72. Acceso rodado y uso de las vías forestales

1. La circulación con vehículos a motor por pistas forestales quedará limitada a las servidumbres de paso que hubiera lugar, la gestión agroforestal, y las labores de vigilancia y extinción de las Administraciones Públicas competentes.

2. La Consejería competente en materia de montes regulará el tránsito abierto motorizado definiendo los usos y vehículos especiales que requieren de autorización expresa. Excepcionalmente, podrá autorizarse por la Consejería competente en materia de montes el tránsito abierto motorizado cuando se compruebe la adecuación del vial, la correcta señalización del acceso, así como la aceptación por los titulares, y la asunción por estos del mantenimiento y de la responsabilidad civil.

Artículo 104. Tipificación de infracciones

k) La circulación de todo tipo de vehículos, con o sin motor, en los montes, campo a través o por cortafuegos, sin título habilitante para ello.

l) La circulación de todo tipo de vehículos a motor en las pistas forestales, sin título habilitante para ello.

Artículo 107. Responsables de las infracciones

1. Serán responsables de las infracciones previstas en esta Ley las personas físicas o jurídicas que incurran en aquellas y, en particular, la persona que directamente realice la actividad infractora o la que ordene dicha actividad cuando el ejecutor tenga con aquella una relación contractual o de hecho, siempre que se demuestre su dependencia del ordenante.

2. Cuando no sea posible determinar el grado de participación de las distintas personas que hubiesen intervenido en la realización de una infracción, la responsabilidad será solidaria, sin perjuicio del derecho a repetir frente a los demás participantes, por parte de aquel o aquellos que hubieran hecho frente a las responsabilidades.

Artículo 111. Descripción y clasificación de sanciones

1. Las infracciones tipificadas en los artículos anteriores serán sancionadas con las siguientes multas:

a) Las infracciones leves, con multa de 100 a 1.000 euros.

b) Las infracciones graves, con multa de 1.001 a 100.000 euros.


Artículo 115. De la vigilancia

2. Los Técnicos Auxiliares del Medio Natural y los Agentes del Medio Natural tendrán la consideración de agentes de la autoridad y los hechos constatados y formalizados por ellos en las correspondientes actas de inspección y denuncia tendrán presunción de certeza, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos e intereses puedan aportar los interesados.

Artículo 118. Multas coercitivas y ejecución subsidiaria

1. Si los infractores no procedieran a la reparación o indemnización, de acuerdo con lo establecido en el anterior, y una vez transcurrido el plazo señalado en el requerimiento correspondiente, el órgano competente podrá acordar la imposición de multas coercitivas o la ejecución subsidiaria.

2. Las multas coercitivas serán reiteradas por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado, y la cuantía de cada una de dichas multas no superará el 20% de la multa fijada por la infracción cometida.

3. La ejecución por la Consejería competente en materia de montes de la reparación ordenada será a costa del infractor
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By Jesusezno
#332988
QUE SE VAYAN A LA PUTA MIERDA!!!..YO PIENSO SEGUIR MONTANDO!!!
Un saludo y perdón por el tonito... :mrgreen:
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By .-lac
#332993
Ni la autoridad competente cree en la prohibición total. Ellos saben que vamos a seguir montando. Saben que la solución final es la regulación. Pero con una ley "persuasiva" borras -y no se forman nuevos- un montón de "maleantes" de golpe. Y futuras generaciones de endureros asimilarán su deporte de otra manera. El enduro libre que yo practicaba en los años 80/90 está claro que nunca volverá, pero un nuevo enduro acotado tomará el relevo. Seguíd montando con cabeza (yo sé qué día y a qué hora puedo montar con bajísimo riesgo -cruzo los dedos- por prohibidísimas zonas, aunque sea solo, pero también respetando el entorno y personas) y seguiremos también presionando nosotros a ellos. Yo me permito el lujo de pasar por delante del centro de los Forestales de mi zona vestido de romano y embarrado y me cercioro que me vean para recordarles que seguimos ahí.
Leo en el Moto Verde de este mes que de la última reunión entre la Federación Madrileña y Medio Ambiente se anunció desde Medio Ambiente la decisión de ¡¡¡autorizar áreas permanentes para la práctica del enduro!!!. Obvio. Qué listo soy, que hace 10 años me imaginaba esta noticia. El problema, en realidad, es lo despacio que va la dichosa negociación.
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By CROSSMANTOTAL
#332997
No se si reirme o llorar :shock: .....después de tantos años resulta que ahora para salir a dar una vuelta en moto además de pedir permiso a mi señora(santa donde las haya) y a las 3 hernias discales de mi espalda(por Dios que no se pongan deacuerdo), tengo que pedir permiso a la Junta :risa: :risa: :risa: :risa: :risa: :risa: :risa: :risa: :risa: :risa: :risa: ..............señor legislador no me toque usted los coj... :evil:
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By MONI
#333006
Para mi no cambia nada, ya que está igual de prohibido que siempre, así que más de lo mismo.
Ahora tambien van a sufrir la represión los ciclistas...... ¡¡¡¡ vaya tela...!!!
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By ibero2
#333016
Respecto a la moto todo sigue igual en el borrador, pero la gracia viene en lo de con motor o sin él :aplauso: , genial, ahora tampoco pararemos cuando nos demos una alegría en bici por una zona "especial". Hace una semana nos cruzamos en una ruta de trialeras con cuatro mtb´s, y resulta que eran tan ilegales como nosotros... :fuiyo: , ¡anda ya! cómo se puede urdir un texto tan penoso :penoso:, panda de majaderos...

Salu2