Tu trocito de campo en Internet (enduro, mx, trial, SM....)
By cazurro79
#224291
Hola foreros. Lo que os cuento no es una historia de ciencia ficción, es la realidad. Mi cuñado se compró hace poquito una Gas Gas 450 del 2003. Lo primero que hace es llevarla al taller oficial de la marca en zaragoza (Tracktion) para que le hagan una revision. Pues bien, en esa revision le cambian los rodamientos de la rueda trasera, agua del radiador y revisan todos los niveles. Hasta ahi todo correcto. Se la lleva tal dia como un viernes en la fregoneta y el sabado, con toda ilusion se prepara para salir y queda con mas gente. A los 2 Km la moto se para. Se acabó el finde.
El lunes otra vez al taller. El mecanico le dice que la deje, pero mi cuñao le pide por favor que la mire un poco a ver que le puede pasar. En ese momento el taller le vacia el aceite que llevaba en el motor y salen 1/2 litro de aceite. Mi cuñao se queda acojonado y el del taller le dice, que tampoco le faltaba tanto. (nada solo le faltaba un litro entero, segun el libro de mantenimiento de la moto). El taller le hace una hoja de entrada y le anota todo, lo que ha sacado de aceite y que posiblemente sea un gripaje. (joder ya te digo que lo es). Pero se escusa diciendo que el mecanico que cogío la moto esta de vacaciones y cuando vuelva ya le dirán lo que sea.

Uff espera que descanso un poquillo. :-|

Sigo, pues nada que despues de esperar 15 dias me dicen que la reparación corre por mi cuenta, sin darme mas explicaciones. Le pide una hoja de reclamaciones (y 20 minutos despues) se le rellena. El taller le dice a mi cuñado que le entrege el albaran de entrada (si en ese que pone que solo llevaba 1/2 litro aceite) para adjuntarlo. Mi cuñao le dice que si quiere le da una copia, pero que el original que ni hablar.

Bien, pues el del taller con sus cojones le dice que no se lleva la moto del taller (increible), asi que por la fuerza al final mi cuñao se la lleva.

Bien, pues ahora es el momento en que no tengo ni puta idea de que hacer. Le pongo una denuncia, lo llevo a consumidores o que otra cosa puedo hacer?

En fin espero que si alguien se lo ha leido entero, me pueda ayudar.

Un saludo y ya os contaré.
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By CarlosWR
#224299
Lo primero que tienes que hacer es ir a la oficina de consumo de tu ciudad y que te informen bien de todos tus derechos. Al haber puesto una hoja de reclamaciones el taller tiene que contestarte formalmente a la misma, lo que debes de informarte es una vez que te hayan contestado que posibles vías tienes en vía administrativa-consumo que son gratuitas antes de irte a la vía judicial que como ya sabemos cuesta dinero y es más lenta.

Dices en tu post "en esa revision le cambian los rodamientos de la rueda trasera, agua del radiador y revisan todos los niveles", pues bien lo fundamental sería que conservaras la factura de esa revisión en que se especifique lo de "revisión de todos los niveles", porque ten en cuenta que tanto en vía administrativa como en vía judicial has de demostrar la relación causa-efecto entre la revisión en el taller, en el que no te revisaron el aceite, y el gripaje de la moto.

La relación causa efecto existe, por lo que tú nos cuentas, lo único que tienes que hacer es demostrarla, suerte.
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By Unodetantos
#224320
..yo que vosotros recogia toda la documentacion posible, y me iba poniendo en contacto con un abogado, seguro que cuando los de la tienda empiezen a recibr "correspondencia oficial", seguro que se vienen a razones...suerte y salu2
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By Miguel Angel
#224335
De acuerdo con CarlosWR.

Si tienes un amigo abogado pasate por el taller para que vean que vas a reclamarles en serio

Si es que hay cada uno por ahi ... :evil: :evil: :evil:
By cazurro79
#224353
Pues, si mañana mismo vamos a consumo para ver que solucion nos dan. Por lo que me han comentado creo que van a hacer una especie de arbitraje.

Me ha dicho una persona de un taller que no la deberia haber sacado del taller oficial por que pueden alegar que la ha tocado otro mecanico y pierde la garantia de lo que han hecho ellos. Pero es que con la desconfianza que me han creado pidiendome el albaran original (pienso yo que para extraviarlo) pues no se que mas le pueden hacer a la moto para alegar que no es culpa suya.

En fin ya os contaré.
By obes
#224408
Tampoco estaria de mas una carta a gas gas , notificando qeu tipo de talleres tienen, otra cosa a mi eso del cambio del rodamiento trasero, en una moto en rodaje, me suena muy muy raro.
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By antuan
#224478
Buenas cazurro me has dejado asombrado, la pero hay una cosa clara has echo lo propio Hoja de reclamaciones, solo un detalle el resguardo de deposito que me imagino que es lo que te entregaron al entregar la moto es obligatorio que lo entregues el original segun indica la ley 96/2002 de 28 de junio de talleres de reparacion (me suena que era esta ley sino te lo miro ) para retirar el vehiculo el que debes hacer la copia del resguardo eres tu y aportalo a la hoja de reclamaciones ya que el original es para el taller y si no se lo entregas te puede inpedir sacar la moto del taller y con todo esto derecho a consumo y ya empezaran a tocarle los cojones, de todas armate de paciencia que va muy lento. suerte
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By CarlosWR
#224483
Te reproduzco los artículos 14 a 17 del Real Decreto 1457/1986, de 10 enero, por el que se regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos, de sus equipos y componentes:



Artículo 14. Presupuesto y resguardo de depósito.

1. (...)

7.1 En el resguardo de depósito deberán constar, al menos, los siguientes datos:

a) El número del taller en el Registro Especial correspondiente, a que se refiere el artículo 5.º del presente Real Decreto, así como su identificación fiscal y domicilio.
b) El nombre y domicilio del usuario.
c) La identificación del vehículo, con expresión de marca, modelo, matrícula y número de kilómetros recorridos, así como si el depósito del vehículo se efectúa para la confección del presupuesto o para la reparación del vehículo.
d) Descripción sucinta de la reparación y/o servicios a prestar, con sus importes, si fueran ya conocidos, en el caso de que el vehículo se entregue para reparación.
e) Fecha prevista de entrega, bien del presupuesto solicitado, bien del vehículo reparado.
f) Fecha y firma del prestador del servicio.

7.2 La presentación del resguardo será necesaria tanto para la recogida del presupuesto, como para la retirada del vehículo.
7.3 En caso de pérdida del resguardo, el usuario deberá identificarse a plena satisfacción del taller.

Artículo 15. Factura y gastos de estancia.

1. Todos los talleres están obligados a entregar al cliente factura escrita, firmada y sellada, debidamente desglosada y en la que se especifiquen cualquier tipo de cargos devengados, las operaciones realizadas, piezas o elementos utilizados y horas de trabajo empleadas, señalando para cada concepto su importe, de acuerdo con lo que se indica en los artículos 12 y 14 del presente Real Decreto.

Artículo 16. Garantía de las reparaciones.

1. Todas las reparaciones o instalaciones efectuadas en cualquier taller quedarán garantizadas, al menos, en las condiciones que establece este artículo.

2. La garantía que otorgue el taller al respecto caducará a los tres meses o 2.000 kilómetros recorridos. La garantía relativa a la reparación de vehículos industriales caducará a los quince días o 2.000 kilómetros recorridos. Todo ello salvo que las piezas incluidas en la reparación tengan un plazo de garantía superior, en cuyo caso y para éstas regirá el de mayor duración. El período de garantía se entenderá desde la fecha de entrega del vehículo y tendrá validez siempre que el vehículo no sea manipulado o reparado por terceros.

3. La garantía se entiende total, incluyendo materiales aportados y mano de obra, y afectará a todos los gastos que se puedan ocasionar, tales como los del transporte que la reparación exija, el desplazamiento de los operarios que hubieran de efectuarla cuando el vehículo averiado no pueda desplazarse, el valor de la mano de obra y material de cualquier clase, así como la imposición fiscal que grave esa nueva operación.

4. Producida una avería durante el período de garantía en la parte o partes reparadas, el taller garante, previa comunicación del usuario, deberá reparar gratuitamente dicha avería. A tal objeto indicará al usuario si la nueva reparación será efectuada por el propio taller garante o por otro taller que actúe en su nombre.

5. La eventual aportación de piezas por el usuario, para la reparación de su vehículo, no afectará en ningún supuesto a la seguridad vial, y, en todo caso, el taller que las montó no garantizará las mismas.

6. El taller no se responsabilizará de la avería sobrevenida en relación con la o las reparaciones anteriores efectuadas, cuando el fallo mecánico se derive de la no aceptación por parte del usuario de la reparación de anomalías o de averías ocultas, previamente comunicadas conforme a lo previsto en el punto 6, del artículo 14, siempre y cuando la referida falta de aceptación se haya hecho constar en la factura, así como la necesidad de su reparación.

7. El taller quedará obligado a devolver al cliente de forma inmediata la cantidades percibidas en exceso sobre los precios reglamentarios, sobre los anunciados o sobre los presupuestos aceptados.

8. Cuando de la tramitación de un expediente se desprenda la existencia de negligencia o fraude en la calidad de los servicios efectuados o en la aceptación de garantías, en la resolución del mismo se acordará la expedición a favor del usuario de testimonio bastante sobre los extremos que resulten oportunos, para que el usuario, si lo desea, deduzca las acciones que le correspondan ante la jurisdicción competente.

9. El taller no podrá bajo ningún concepto, utilizar para usos propios o de terceros ningún vehículo que haya sido dejado en reparación, sin permiso expreso del propietario.

10. Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el capítulo VIII, de la Ley 26/1984, de 19 de julio (RCL 1984\1906), General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios por el que se regula el régimen de garantías y responsabilidades.

Artículo 17. Reclamaciones.

1. Todos los talleres de reparación de vehículos automóviles tendrán a disposición de los clientes «Hojas de Reclamaciones» conforme al modelo oficial que se inserta como anexo III al presente Real Decreto y que estarán integrados por un juego unitario de impresos compuesto por un folio original de color blanco, una copia color rosa, otra color verde y otra color amarillo.

2. En caso de no existencia o negativa a facilitar las Hojas de Reclamaciones, el usuario podrá presentar la reclamación por el medio que considere más adecuado.

3. Las reclamaciones se formularán ante la autoridad competente en materia de consumo en el plazo máximo de dos meses desde la entrega del vehículo, o de la finalización de la garantía, quien en el plazo de quince días hábiles desde su recepción y, caso de considerarlo pertinente, comunicará la queja a la Empresa afectada, a la Asociación Provincial de Talleres correspondiente, así como a las Entidades del sector que se entiendan oportunas, otorgándoles un plazo que será de diez días hábiles para que aleguen cuanto estimen conveniente.

Formuladas las alegaciones o transcurrido el plazo fijado para ello, se iniciará, si procediere, la tramitación del oportuno expediente de acuerdo con las disposiciones vigentes en materia de defensa del consumidor, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que correspondan.

El desistimiento del usuario en la reclamación implicará el archivo de la misma, sin perjuicio de la potestad de la Administración para incoar expediente de oficio por cualquier irregularidad que proceda.
By DACHO
#224503
Vuelve a hablar con ellos e intentalo por las buenas, tienes las de ganar pero no te fies, habla con gas gas de esto y que hablen con el concesionario.
Saben que la han piciao, ahora hazles ver tu problema, para ellos es una reparacion mas solo que sin cobrarla.
By jeffke
#224511
Siento mucho que te haya pasado esto.
Yo las tuve con mi DRZ y el malísmo concesionario oficial Motocycles de alicante.

La proxima moto nueva: Paralela, y ya me haré cargo si se casca algo antes de tiempo. Las garantías son muy relativas.

Jeff
By q
#224579
CarlosWR escribió:Lo primero que tienes que hacer es ir a la oficina de consumo de tu ciudad y que te informen bien de todos tus derechos. Al haber puesto una hoja de reclamaciones el taller tiene que contestarte formalmente a la misma, lo que debes de informarte es una vez que te hayan contestado que posibles vías tienes en vía administrativa-consumo que son gratuitas antes de irte a la vía judicial que como ya sabemos cuesta dinero y es más lenta.

Dices en tu post "en esa revision le cambian los rodamientos de la rueda trasera, agua del radiador y revisan todos los niveles", pues bien lo fundamental sería que conservaras la factura de esa revisión en que se especifique lo de "revisión de todos los niveles", porque ten en cuenta que tanto en vía administrativa como en vía judicial has de demostrar la relación causa-efecto entre la revisión en el taller, en el que no te revisaron el aceite, y el gripaje de la moto.

La relación causa efecto existe, por lo que tú nos cuentas, lo único que tienes que hacer es demostrarla, suerte.
cazurro79 lo que te comenta carlos wr es acertado. Yo ya he pasado por esta situación enfrentandome con el concesionario y con fabrica con el tema de una sherco 450 nueva de 2005 que en mi caso fue un autentico desatre de moto en todos los sentidos. después de un año conseguí que me dieran una moto nueva de 2006. En tu caso de este modelo ya conociamos sus problema de fiabilidad.......te comento que me enrollo.

Si el taller no se acojona y va para alante la denuncia debes de saber que la mayoria de los jueces no tiene ni p. idea del tema de las motos. Debes de toda la documentación necesaria para poder justificar que por su culpa tienes la moto rota.....Obseva en la hoja si te ponen el numero de kilometros que tenía la moto cuando la realizaron la puesta a punto ya que si no les sería facil decir que a esas motos les tienes que mirar el nivel de aceite constantemente (honda justifica sus problemas de válvulas diciendo que los usuarios realizan mal el mantenimiento y son motos de competición).

El camino que yo hice fuel el siguiente:

1. Denuncia a consumo ( te puedes responder hasta en tres ocasiones, gereralmente suelen pasar de este tipo de denuncias al no ser que no tengan todo el día en el taller,ej. salida de humos?).

2. A partir de aqui tienes dos opciones: pasar por un tribunal el cual es gratis pero no se puede reclarmar el fallo además de que para ir a este tribunal teneís que estar de acuerdo las dos partes.
La otra opción que te queda es denunciarles y a pagar abogados y demás gastos de juicio.........mínimo un año.

Generalmete lo se suelen hacer los talleres en esos casos es plantearte que tu pagas las piezas y ellos la mano de obra........cuidado con lo que te ponen, que te enseñen las piezas viejas..........En mi caso me llegaron a ofrecer el cambio de motor NO QUISE QUE SE METAN EL MOTOR POR DONDE LE QUEPA.

Si tienes cualquier duda mandame un privado. SUERTE.
By cazurro79
#224731
Muchas gracias a todos por las aportaciones tan importantes que habeis hecho. Sobre todo por que me estais dando bastantes medios para basar la reclamacion. Por lo pronto ya estamos en consumo, pero ahora habra que esperar a ver lo que pasa. Ya os contaré.

Muchas gracias a todos.