Cuatro. Se modifica el párrafo q) del artículo 6 del
siguiente modo:
«q) Agente forestal: Funcionario que ostenta la
condición de agente de la autoridad perteneciente a
las Administraciones Públicas que, de acuerdo con
su propia normativa y con independencia de la
denominación corporativa específica, tiene encomendadas,
entre otras funciones, las de policía y
custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal
y la de policía judicial en sentido genérico tal
como establece el apartado 6.º del artículo 283 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal.»
BOE 102 29 Abril 2006 LEY DE MONTES
Supongo que segun se vaya recurriendo esta ley(ESPERO QUE SEA VERDAD
) saldran a la luz todos los matices de este texto,y sino habra que esperar a las sentencias judiciales que originen las actuaciones de estos "Agentes"que seran las que creen precedente y entonces todos "desfilaremos en silencio y con las orejas agachadas"...A NO SER ...QUE NOS DEDIQUEMOS A DEFENDER NUESTROS DERECHOS COMO CIUDADANOS EN LA MAS ABSOLUTA LEGITIMIDAD!!!
Por lo tanto yo entiendo:
1º Un Agente forestal ostenta condicion de Agente de la Autoridad,o sea,ES UN POLICIA!!,y quitaros moñas de si puede parar,detener o fumarse un canuto...TENEMOS QUE COMPORTARNOS COMO SI ESTUVIERAMOS DELANTE DE LA BENEMERITA !! y el que no lo entienda asi tendra problemas,seguro.
2ªUn A.F.tiene encomendadas funciones de Policia Judicial.Esto quiere decir que puede realizar investigaciones encaminadas a solucionar los delitos relacionados con su actividad y se deben a la Autoridad Judicial.o sea,que si el Juez de turno les manda que pongan controles de trafico en la cima del Aneto para comprobar si hay actividad motoril,LO HACEN Y PUNTO.
Pero tambien entiendo:
1ªQue la finalidad de esta ley no ha sido otra que otorgar poderes a los A.F.por la cantidad de problemas que han tenido siempre,ya que ni Dios les hacia caso,y no tenian mayor fuerza que la pluma,o sea,hemos pasado de cero a cien en un par de años,solo es cuestion de MENTALIZARNOS
2ªSi bien son Agentes de la Autoridad DEBERAN COMPORTARSE CON ARREGLO A UN CODIGO DEONTOLOGICO Y ACTUAR EN CONSECUENCIA...lo digo por las VAQUERADAS TIPICAS que siempre arruinan la buena labor general del gremio,y por lo tanto TRATARNOS COMO A CIUDADANOS Y NO COMO A DELINCUENTES....frase harta de oirse pero que NO exigimos cuando llega el momento.
3ªES IMPRESCINDIBLE que todas las actuaciones con estos señores esten observadas con lupa y que detras de la lupa se encuentre una Asociacion de Defensa legal que nos ampare dentro de la legalidad pero que NO PERMITA SE DICTEN SENTENCIAS PERJUDICIALES PARA NUESTRO GREMIO QUE ORIGINEN PRECEDENTES IMPOSIBLES DE DEFENDER EN POSTERIORES CAUSAS.
Una conclusion:
Cada vez que tengais alguna movida en la montaña o que intervenga un Agente Forestal,tanto si creeis tener o no la razon,COMUNICARLO , a un Asesor,Abogado,Asociacion,Foros,etc,No os quedeis con los brazos cruzados esperando que la Administracion actue,INFORMAROS de todas las posibilidades,tocar puertas que preguntando se llega hasta el fin del mundo...y contarnos que tal os ha ido para que los demas podamos actuar con total conviccion de que nuestro deporte es maravilloso y... nadie nos lo va a secuestrar,seguro