Tu trocito de campo en Internet (enduro, mx, trial, SM....)
#157501
Hola a todos/as, lo que os voy a contar sucedio el lunes 17 de abril, y todavia no acabo de creerlo, si alguno le ha sucedido algo parecido o conoce del tema, le agradeceria muchisimo su ayuda. Si no seguro que a mas de uno le servira de ayuda para tener cuidado.

El caso en cuestion es que, de vez en cuando le soy infiel a mi ktm 125 exc, escasas veces al año, (todo hay que decirlo) con una suzuki gsxr 600 que prepare para circuito y solo circuito; tandas y alguna carrera del RACE.
El fatidico dia 17, me traian la moto un amigo, junto a la suya en su remolque, despues de unas tandas en el circuito de PAU (FRANCIA), cuando mi amigo se acercaba a Pamplona, le paró la Guardia Civil.

El agente, lo primero que le pidio a mi compañero fue, los seguros de las motos.
La moto de mi amigo no tiene seguro, ni esta matriculada, es una cbr 600 que siempre se ha usado para competir, asi que no puede asegurarla, y por eso no tiene seguro.
La mia, esta matriculada, esta actualizada en el impuesto de circulacion, pero no tengo seguro porque solo la uso en circuitos cerrados, en competiciones.
Las dos estan con fibras de circuito, con sliks, etc etc, todo lo que exige las normas de las carreras.

El caso es que los dos tenemos una denuncia, de una cantidad enorme por no tener seguros de las motos de competicion que van en un remolque.

Esa ley sabemos que salio en el año 2004, que su fundamento no es este, si no evitar estacionamientos prolongados de vehiculos en la calzada que no esten asegurados, como se solia hacer en las ciudades donde algun espabilado vendia coches de segunda mano en plena calle, ocupandola entera como si fuese un concesionario y sin pagar por esa actividad; asi se obliga a que estos vendedores tenga la obligacion de tener seguros a sus coches. Esta es la base, o el objetivo de la ley. Pero esta claro que no el de multar a vehiculos de competicion que van en remolques, por no tener seguro.

Y si no? Multaran tambien a gibernau, pedrosa, fernando alonso, etc etc????
Y las motos de cross???

No se si la federacion española o las regionales han avisado de estas leyes nuevas que nos tocan cerca, a los que practicamos el deporte de la moto, si no es asi, creo que deberian hacerlo.
Que para algo pagamos la licencia no?
Tampoco se si tiene algun departamento de consulta o juridico donde defienda a sus federados (a sus socios!!!!!!!!) en estos casos. Porque si no es asi,,,, se me estan quitando las ganas de pagar licencia,,,, pagar inscripciones de carreras,,,, y pagar seguros en circuitos.

Nada mas que eso compañeros,,, que tengais cuidado con estas cosas. Un abrazo, y cervecitas desde tierra Estella.


Y si alguien sabe algo y me echa una mano,,,,, esta automaticamente invitado a los montes de tierra Estella (navarra) cuando quiera,,, bueno y si no ,,,, tambien..... almuerzo incluido.

pd: Saludos a los endureros de tierra Estella que son cojonudos todos!
Avatar de Usuario
By Serch
#157505
Joooooder esto ya es lo último!!!! supongo que no se te habrá pasado por la cabeza pagar esas multas no!! vamos es que no tiene sentido que era atontado el guardia civil, no se lo explicastéis poco a poco haber si lo entendía...

Vamos yo creo que la pusó por joder o algo pero eso no tiene fundamento, supongo que con un simple recurso os quitáis la multa de encima y sino prueba a llamar a una de estas agencia en recurrir multas

suerte saludos
By alvarito
#157512
y si llevas una cross lo mismo? hombre por favor......
Avatar de Usuario
By RUBIO
#157513
En la Ley de sueguros (SOE) hay dos denuncias una por carecer de seguro y otra por circular sin seguro.

Los vehiculos con permiso de circulacion y ficha tecnica deben de estar matriculados.

Otra cosa es que la moto no sea matriculable, pero si lo son, deben de tener seguro.

Esto no quita para que los Agentes de la Guardia Civil que te multaron fueran unos cabronazos, ya que yo lo veo rizar el rizo, y se lo que me digo.
Avatar de Usuario
By XR400R
#157529
:shock: :shock: :shock:
Luego dicen que no recaudan. :risa: :risa:
Sin comentarios.

Suerte con el recurso y guardias como este sobran tanto como la mala gente que anda suelta.
By Diegor
#157535
Recurre a muerte y hasta el final porque lo de no pagar que decía otro embarrado olvídalo, te lo embargarán directamente del banco, y se de que hablo.

¿Creeis que los picoletos me multarán por pasear a mi niño con mi DRZ en el garaje empujándole yo sin arrancar ni nada? :roll: . Ojo, al enano le pongo casco que le mola mazo. :profiden:
By azeri
#157536
Bueno, me parece muy rebuscado eso de multar dos motos en un carro, por no llevar seguro... que jodienda...

Cada vez estoy mas "acojonado". Hace un par de semanas, me comentaron que habian multado a un conocido en el monte por no llevar los papeles de la moto. Este fin de semana, han multado al novio de mi prima con 3.000€ por circular por monte, cuando le cojio a un amigo la moto para dar una vueltecilla... Y hoy leo esto... No estaremos de camino a la situacion que hoy viven en Madrid y Barcelona, no? A mi me da que si, y que cada vez va a estar mas jodido.

Por ocmentar, que hasta hace 2 semanas nunca ohi de nadie que fuera multado por le monte...

Salu2.
Avatar de Usuario
By EdiGasGas250
#157541
pa flipá :!: , recurso al canto...
By ANGEL CRE
#157558
Hace algún tiempo me paró la Guardia Civil cuando llevaba con mi coche el carro y la moto de Enduro sin la matricula puesta.
Despues de pedirme los papeles del coche ,permiso de circulación ficha técnica ,Itv de la bola,del enganche, seguro, carnet de conducir ,dni y los papeles del carro: ficha técnica ......... se lió con la moto:

GC: ¿Esta motocicleta está matriculada?
YO: Si
GC: No lleva Vd la matricula puesta.
YO : No........Es que.......(pensando que coño inventarme)

En ese momento llegó el otro GC que resultó ser el Sargento, preguntando que pasaba.
Le explicó el caso y cual sería mi sorpresa cuando el sargento le echó una bronca monumental al otro GC por DESCONOCER el reglamento:

No me podía pedir los papeles de la moto por la simple razón de que esta, NO ESTABA CIRCULANDO, sino que estaba siendo TRANSPORTADA.Como mucho podía pedirme algun documento que justificara que era mía y no era robada.Es decir bastaba con una factura que lo demostrara. Le enseñé el permiso de circulación a mi nombre y me dejaron marchar de rositas.

Por cierto tambien me explicó que en el caso de que las motos fueran en un furgón ( dedicado o no al transporte de mercancias) era obligatorio tener que demostrar la propiedad de las motos porque sino te las podían requisar y acusar de robo .OJO.

Por lo tanto Jorge, tienes que recurrir las multas argumentando que las motos estaban siendo TRANSPORTADAS y que no estaban CIRCULANDO.
Independientemente de si estan o no estan matriculadas.

Eso sí tendrás que demostrar mediante factura o algun otro documento de que eres el ptopietario de ellas.

Espero haberte sido de ayuda.

PD: Tampoco estaría de más, saber si puedes denunciar a los agentes por DESCONOCER el Reglamento de Circulación., porque lo que está claro es que iban sobrados de mala leche.
By fast
#157561
Desde luego que estos se han pasado bastante.
Las motos que tienen permiso de circulación tendrían que tener seguro, las de cross por ejemplo no las tienen, una CBR comprada para circuito tampoco tendrá permiso de circulación, además costará un 12% menos al quitarse el impuesto de matriculación, pero una CBR que está matriculada la transformas en moto de carreras, deberías de darla de baja temporal o definitiva en tráfico y así es muy fácil de recurrir.
Otro tema es que el remolque además tiene que estar incluído en el seguro del coche y así lo que lleva encima esta asegurado por si hace un estropicio.
Totalmente recurrible, es más no creo que ni te llegue la multa.
By fast
#157563
Por cierto, te has metido más con la federación que con la G.C. ¿¿?? :?: :?:
Recuerda que la licencia en su mayor parte es el seguro de Mapfre y para la federación es un mínimo que desde luego no creo que la Navarra se enriquezca mucho, lo usan para apoyar a los clubs a hacer carreras y para gestiones.


Ah! En Navarra el pasado findesemana los forales han confiscado varias motos de cross en el monte, por ir sin seguro y sin matrícula.
By jurgenvanderjorge
#157568
El objeto de mi mail, no es meterme con nadie,,, lo del guardia civil no tiene nombre,,, solo quiero comentar lo sucedido, para que no le pase a nadie mas, y recibir algun consejo, nada mas.
He escrito un mail a la federacion española tambien, pidiendo consejo,,,, cuando reciba constestacion te dire si me siento respaldado, creo que ellos tienen medios mas que nadie. Lo que si me siento respaldado es por los embarrados, que son todos geniales! saludos y gracias a todos!
By Diegor
#157577
Increible, inverosimil. ¿Adonde coño va a llegar éste despropósito?. ¿Somos motoristas o jinetes del caballo de Atila?.

Y nadie, nadie, nadie habla con un mínimo atisbo de conocimiento e imparcialidad. :cry:
By Blackboy
#157586
hola, no se si sera demasiado tarde para contestarte, te comento, tengo un compañero de montura que trabaja de gc de trafico, si no es muy tarde dimelo y le comento haber que se puede hacer, en el caso de que se pueda. Si te quieres poner en contacto conmigo mi correo es fox_Blackboy@yahoo.es y mi telefono es 679 92 10 34 me llamo dani.

Un saludo y suerte
By kiez
#157587
Hola, creo que recurriendo tienes las de ganar. Un ejemplo que te pongo:
yo trabajo en una fabrica de coches del que salen más de mil diarios, entonces se podía poner la GC al la puerta y multar a todos los camiones portacoches, ya que ninguno de los coches tiene seguro.
Si lo que quieren es recaudar les doy una buena idea a ver si nos dejan un poco tranquilos.

Saludos........
Avatar de Usuario
By 2mj
#157604
segun la ley, un vehiculo que este matriculado tiene que estar asegurado.
(aunque este en el garaje)y te lo pueden multar por ordenador sin verlo ni la moto ni a ti.
By obes
#157631
Es que tambien son ganas de complicarte la vida, si la moto solo la utilizas para circuito, pillate la factura al bolsillo y quitala la matricula y si te preguntan si esta matriculada les dices qeu no, y si te piden justificante de que es tuya, pues la factura y punto, lo de tu a migo, pues pueden denunciarle, como si le quieren denunciar por noo llevar unos calzoncillos verdes por fuera del pantalon, pero una moto no matriculada encima de un remolque ni necesita seguro ni na de na, solo que el seguro este notificado qeu el coche lleva un remolque de motos, y segun sea el seguro paragar un suplemento o no, si el remolque es de peso maximo autorizado inferior a 750kg, unas compañias te cobras unos 10 euros y otras nada, pero tiuenes qeu comunicarlo, asi qeu lo de tu multa recurrela, por que al ir trasportada y no circulando no te pueden exigir el seguro, o es qeu las motos que trasportan a los concisionarios tienen que ir aseguradas a moinbre de su futuro propietario que ni siquiera en ese momento ha decidido comprarla, amos estos ya se chutan o que???
Avatar de Usuario
By Fuel
#157634
ANGEL CRE escribió:...Como mucho podía pedirme algun documento que justificara que era mía y no era robada.Es decir bastaba con una factura que lo demostrara.
Estoy dispuesto a pasar por esa molestia las veces que haga falta. Es la única esperanza que tenemos frente a los chorizos de motos de campo. :(

Salu2
Avatar de Usuario
By RUBIO
#157663
Vamos a ver,

He estado mirando el tema de los seguros de los vehiculos a motor y como ya dije antes, los Guardias Civiles rizaron el rizo, pero SI pueden denunciarte, lo siento pero es asi.

Aqui te pongo la legislacion que lo regula:

Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

CAPÍTULO II.
DEL ASEGURAMIENTO OBLIGATORIO.
SECCIÓN I. DEL DEBER DE SUSCRIPCIÓN DEL SEGURO OBLIGATORIO.
Artículo 2. De la obligación de asegurarse.

1. Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo 1. No obstante, el propietario quedará relevado de tal obligación cuando el seguro sea concertado por cualquier persona que tenga interés en el aseguramiento, quien deberá expresar el concepto en que contrata.

Se entiende que el vehículo tiene su estacionamiento habitual en España:

a- Cuando tiene matrícula española.

b- Cuando se trate de un tipo de vehículo para el que no exista matrícula, pero lleve placa de seguro o signo distintivo análogo a la matrícula y España sea el Estado donde se ha expedido esta placa o signo.

c- Cuando se trate de un tipo de vehículo para el que no exista matrícula, placa de seguro o signo distintivo y España sea el Estado del domicilio del usuario.



Si se que es una putada, pero incluso las motos de motocros estan obligadas a llevar seguro.

Si alguien tiene dudas que me de un toque y en la medida de lo posible intentare resolverla.