Tu trocito de campo en Internet (enduro, mx, trial, SM....)
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By El pibe
#112198
me gusta tu nuevo "slogan" TBO....

Si se te ocurre organizar excursiones de fin de semana, avisame :roll:
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By ARANKIN
#112275
Era aplicar, pero en esto de la GC nunca se sabe, pero era APLICAR. :cry:
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By El pibe
#112276
ehhh, me lo temía, ahora, esta ley aplica también a los todoterrenos?
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By ARANKIN
#112278
A todos Pibe, además es a nivel estatal.
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By El pibe
#112285
patético.... :mono:
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By gabriel
#112306
esto lo he sacado de otro foro.

bueno, al final... han denunciado a alguien o esto es otro bulo de internet?
Por cierto, en la Comunidad Valenciana ya está claro:
a raiz del Decreto que dictó el gobierno del Reino de España, en el que se
prohibe circular por el monte considerado zona de alto riesgo de incendios
hasta noviembre, el conseller Rafael Blasco ha resuelto (29-07-05)declarar
zona de alto riesgo de incendio a todo el teritorio forestal de la Comunidad
Valenciana, y en los dias que se establezca el nivel 3 de peligrosidad (que
si no llamas al 112 no lo sabes), "queda prohibido el tránsito de personas
por senderos y campo traviesa....el tránsito de personas queda restringido a
caminos y pistas forestales"
Así que, antes de salir, llamar al 112 y si en índice es 3 ... a pillar la de carretera.
By Pacuco90
#112314
Bueno, pues yo según están las cosas no se si dejaré de salir, pero por lo menos me lo voy a pensar unpar de veces antes de hacerlo, o me tendré que desfogar un poco en algún circuito de cross.
Hace un par de semanas me han denunciado en Bustarviejo :evil: :evil: y no quiero volver a ser un reincidente, por lo menos hasta que se aqcabe el decretazo. :D
By kaaden
#112316
gabriel escribió:esto lo he sacado de otro foro.

bueno, al final... han denunciado a alguien o esto es otro bulo de internet?
Por cierto, en la Comunidad Valenciana ya está claro:
a raiz del Decreto que dictó el gobierno del Reino de España, en el que se
prohibe circular por el monte considerado zona de alto riesgo de incendios
hasta noviembre, el conseller Rafael Blasco ha resuelto (29-07-05)declarar
zona de alto riesgo de incendio a todo el teritorio forestal de la Comunidad
Valenciana, y en los dias que se establezca el nivel 3 de peligrosidad (que
si no llamas al 112 no lo sabes), "queda prohibido el tránsito de personas
por senderos y campo traviesa....el tránsito de personas queda restringido a
caminos y pistas forestales"
Así que, antes de salir, llamar al 112 y si en índice es 3 ... a pillar la de carretera.
¿dónde lo has leido que no lo encuentro?
By kaaden
#112318
juanra escribió:Acabo de recibir un Email de la Guardia Civil, atención al cliente, por cierto, de agradecer.....en respuesta a el correo con la carta tipo de FILI que envié.

Es de obligada lectura.....

Estimado señor:

En relación con su correo electrónico, mediante el que nos plantea diversas cuestiones sobre la circulación de vehículos a motor por pistas forestales, le comunicamos que la competencia en su delimitación corresponde a las respectivas Comunidades Autónomas, por lo que únicamente podemos decirle a modo informativo lo que sigue:

Con fecha de 22 de julio del presente año, fue aprobado el Real Decreto-Ley 11/2005, donde se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales, especificando en su artículo 13 (actividades prohibidas), apartado B, que "en los territorios delimitados por el artículo 5 (concepto de monte), de la Ley 43/203, de 21 de noviembre, de Montes, queda prohibido: La circulación de vehículos a motor por las pistas forestales en las que no existan servidumbres de paso."

Por tanto, se entiende que no estaría prohibida la circulación por pistas que enlacen con campos o pueblos, si existen servidumbres de paso en ellas, según lo previsto en los artículos 564 a 568 del vigente Código Civil.

Estas prohibiciones son extensibles a las zonas que tengan la consideración de alto riesgo de incendio forestal, debiendo ser las Comunidades Autónomas quienes, en el plazo de siete días, harán públicas y comunicarán al Ministerio de Medio Ambiente, dichas zonas de su ámbito territorial.

Por tanto, le aconsejamos que se informe en el Departamento de Medio Ambiente de su Comunidad Autónoma sobre a qué lugares de los que interese afectan estas prohibiciones.

En cuanto a las competiciones a celebrar, éstas seguirán supeditadas a las preceptivas autorizaciones de las correspondientes Autoridades.

Atentamente,
Dirección General de la Guardia Civil
Oficina de Información y Atención al Ciudadano
sugerencias@guardiacivil.org
Teléfono: 900 101 062


Se aclaran muchos detalles, si no estoy errado con la interpretación, si el Ayuntamiento en cuestión no ha delimitado las zonas a prohibir, y si se trata de caminos con servidumbre de paso publico , si se permite su uso, siempre que sea una pista de 4 metros como rige aqui en Cataluña.
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By yolucas
#112319
Muy bueno Kaaden...

Se ve que ni ellos saben lo que deben de hacer cumplir...

ACOJONANTE :!: :!: :!:
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By DAVID GAS GAS
#112328
PUES POR AQUI POR LA ZONA DEL BRUT IGUALADA (BARCELONA) LAS MULTAS VAN DE BOLI, A MI POR SUERTE TODABIA NO, SOLO UN ABISO PERO CONOZCO UNOS CUANTOS CASOS Q SI, PRECISAMENTE ME COMENTA UN COLEGA DE SALIDA AYER POR LA TARDE Q A DOS COMPAÑEROS Q AN SALIDO HABECES CON NOSOTROS Y Q LES MULTARON CON 300 EUROS HACE DOS O TRES SEMANAS Q LOS HABIAN PARADO DE NUEVO Y ESTA VEZ HABIAN SIDO 3000 EUROS (ALUCINA) Y Q LES DEJERON Q YA SE LO PODIAN IR DICIENDO A LOS COMPAÑEROS DE SALIDA Q CONOCIERAN POR LA COSA AHORA IBA A FUNCIONAR ASI PRIMER AVISO 300 SEGUNDO 3000 ESTOS SON LOS MAS CERCANOS Q CONOZCO LA VERDAD ESTOY MAS CABREADO Y INDICNADO Q OTRA COSA PERO TAMBIEN UN POCO ACOGONADO ME PARECE Q DE MOMENTO ME VOY A DEDICAR A TUNEAR LA MOTO HASTA Q SE PASE UN POCO :evil:
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By husky400
#112330
Pues a mí tb me ha llegado la contestación de la Benemérita.

Por lo menos han tenido la delicadeza de leerlo y no tirarlo a la basura sin más....

Quizás hasta ellos mismos consulten o "exijan" que se les aclare un poco el tema, si es verdad que han recibido tantos correos diciendo lo mismo.

Daros cuenta que no creo que sea la típica "señorita" contestando a toda clase de e-mails, sino que habrán tenido que dar constancia a algún superior, ..................digo yo.

Pero bueno, mejor me callo un poquilllo porque no tengo ni p..ta idea de como van estos temas.

Salu2 a todos

Sergio
By kaaden
#112346
en el diario odicial de la generalitat valenciana de ayer martes 2 de Agosto se ha declarado todo el territorio forestal de la comunidad como de alto riesgo por lo que no se puede circular con vehículos a motor si no hay servidumbre de paso. Ahora ¿dónde hay servidumbre de paso y para quien?

RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se declaran los terrenos forestales de la Comunidad Valenciana zona de alto riesgo de incendio. [2005/Q9098]



Texto de la inserción:

RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda,
por la que se declaran los terrenos forestales de la Comunidad Valenciana zona
de alto riesgo de incendio. [2005/Q9098]
Considerando que el conjunto de los terrenos forestales de la Comunidad
Valenciana presentan un alto riesgo de incendios forestales como consecuencia
de su estructura vegetativa, climatología, orografía y el alto nivel de
ocupación y actividad antrópica que soportan, y teniendo en cuenta el elevado
valor de sus formaciones vegetales, en especial en lo referente al ciclo
hidrológico, a la conservación de suelos y al paisaje.
De conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de
noviembre, de Montes, que establece que aquellas áreas en las que la frecuencia
o virulencia de los incendios forestales y la importancia de los valores
amenazados hagan necesarias medidas especiales de protección contra los
incendios podrán ser declaradas zonas de alto riesgo de incendios o de
protección preferente. Corresponde a las comunidades autónomas la declaración
de zonas de alto riesgo.
De acuerdo con el artículo 44 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes,
las comunidades autónomas podrán establecer limitaciones al tránsito por los
montes, llegando a suprimirlo cuando el peligro de incendios lo haga necesario.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto Ley
11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de
incendios forestales, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 30/1992, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y de acuerdo con el Decreto 8/2004, de 3 de septiembre,
del presidente de la Generalitat Valenciana, por el que se asignan competencias
a la Presidencia y a las consellerias, así como de conformidad con el Decreto
119/2003, de 11 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico y Funcional de la Conselleria de Territorio y Vivienda, resuelvo:
Primero
Declarar zona de alto riesgo de incendio al conjunto de los terrenos forestales
de la Comunidad Valenciana.
Segundo
Autorizar, con carácter general, el libre tránsito de personas por el
territorio forestal de la Comunidad Valenciana.
En los días y zonas para los que el nivel de preemergencia ante el riesgo de
incendios forestales, que recoge el Plan Especial Frente al Riesgo de Incendios
Forestales de la Comunidad Valenciana, establezca el nivel 3 de peligrosidad de
incendios, queda prohibido el tránsito de personas por senderos y campo
traviesa. En estos días y zonas, el tránsito de personas por terrenos
forestales queda restringido a las carreteras, caminos y pistas forestales, sin
perjuicio de las actuaciones de gestión y mantenimiento que procedan y de las
autorizaciones expresas que pueda acordar el órgano competente.
Contra la presente resolución, los interesados podrán interponer recurso
contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día
siguiente a la publicación de esta resolución, ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de
conformidad con lo que dispone el artículo 10 y concordantes de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de
reposición ante el conseller de Territorio y Vivienda, en el plazo de un mes
desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat
Valenciana, de acuerdo con lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
Valencia, 29 de julio de 2005.. El conseller: Rafael Blasco Castany.
By carlos2
#112395
están multando o no sale nadie?

están multando como siempre y supongo q la gente saldrá como siempre. Al menos yo lo hago, menos pq hace mucho calor y me apetecen más otras cosas pero cuando me apetece salir con la moto, salgo. Y fumo. Y como un forestal venga a echarme la brasa, pues le echaré el humo a la cara, como Dios manda. (si es el seprona, me trago el cigarro encendido si hace falta). Y si no me la tengo q tragar, la colilla (del cigarro) se vuelve conmigo a casa, pero como siempre he hecho, no pq ahora esté de moda.

me preocupa más pasar sin darme cuenta a 80 por una zona de 50 (como por ejemplo en Sta Mª de la Cabeza, con sus 3 carriles y limirada a 50) y q me quiten el carnet del coche.

una sanción administrativa, pues me jodería pero no por eso voy a quedarme en casa. Como tampoco lo hago para quedarme cuidando mi casa para q no me roben, no se si me entiendes el ejemplo.
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By TBO
#112434
....de calor, naranjas de la china. Al menos en Madrid, desde hace 1 semana y pico la temperatura es casi primaveral (25-28º), y por la noche baja 11-15C.

Yo estoy saliendo muchas tardes a eso de las 17.30-18h y no pasa de 25º, que es una temperatura DPM....y cuando vuelvo a las 21.30, llego fresquete fresquete :roll:


Eso sí, el polvo es tremend, parece harina, pero yendo solo un par de tios y sin macarrear en los enlaces, se aguanta, y sino pa'rriba que las piedras no sueltan polvo :profiden:


Yo no veo ningún cambio con respecto a otros veranos, no veo a nadie en el campo....como siempre :shock:
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By Olga-TT
#112441
Yo sigo saliendo cada semana por los alrededores de BCN y no me han pillado. Toco madera :roll:
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By Curri
#112556
[
Así que, antes de salir, llamar al 112 y si en índice es 3 ... a pillar la de carretera.[/quote]

Y si no tambien porque la diferencia entre alto riesgo o no alto riesgo es que puedan transitar personas, los vehiculos a motor estan prohibidos en las pistas forestales que no existan servidumbres.... del 1 de abril al 1 de noviembre....
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By Curri
#112558
[
Así que, antes de salir, llamar al 112 y si en índice es 3 ... a pillar la de carretera.[/quote]

Y si no tambien porque la diferencia entre alto riesgo o no alto riesgo es que puedan transitar personas, los vehiculos a motor estan prohibidos en las pistas forestales que no existan servidumbres.... del 1 de abril al 1 de noviembre....
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By E. Gonzalo
#112566
Como dice Carlos estos días estoy saliendo poco o nada simplemente porque me apetece más hacer otras cosas, pero no pienso quedarme escondido en mi madriguera como una rata.

No creo que por donde monte esté más prohibido ahora que en primavera y, como también dice muy bien TBO, el tiempo en la sierra está siendo ahora estupendo y refresca bastante por las noches. Salir a las cuatro de la tarde quizá no sea buena opción pero... grupos muy pequeños, y muy tarde o muy temprano probablemente sean la mejor opción.

P.D.: Carlos, ¿radares en Sta. María de la Cabeza?. ¡No j***s! :shock: :shock: :shock:
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By TM250E
#112571
POR CATALUNYA..........ALGUNA NOTICIA OFICIAL DE SI MEDI AMBIENT HA DICHO ALGO???