- Vie Jul 22, 2005 15:23
#110981
Buenas tardes colegas, termino de leer en la página de La Moncloa, que una de las medidas que han tomado hoy para evitar los incedios forestales
es:
"En los territorios delimitados por el artículo 5 de la Ley de Montes queda prohibido, ademas:
a) la circulación de vehiculos a motor por las pistas forestales en las que no existan servidunbres de paso. Se exceptúan los vehiculos autorizados para la gestión del terreno o para la prevención, bla, bla, bla, bla......."
Si hay alguien que lo entienda que me lo explique, ¿ya no podemos ir por
ninguna pista?, Si no es así, ¿por donde coño podremos ir?
no puedooorrr
salu2
es:
"En los territorios delimitados por el artículo 5 de la Ley de Montes queda prohibido, ademas:
a) la circulación de vehiculos a motor por las pistas forestales en las que no existan servidunbres de paso. Se exceptúan los vehiculos autorizados para la gestión del terreno o para la prevención, bla, bla, bla, bla......."
Si hay alguien que lo entienda que me lo explique, ¿ya no podemos ir por
ninguna pista?, Si no es así, ¿por donde coño podremos ir?
no puedooorrr
salu2
xr250r
De donde sacará el dinero la Luna, para salir todas las noches?
De donde sacará el dinero la Luna, para salir todas las noches?