By compi
#102305
Saludos y unas birritas para todos, os cuento por encima el asunto:Cuando me compré la moto me comentaron que sólo me daban 1 mes de garantía y me quedé flipado pero como tenía tantas ganas de moto me daba igual, ellos te dicen que como no saben si tu uso va a ser o no competitivo pues ahí te quedas, pues voy yo me apunto a una carrerita tres meses más tarde y me cepillo el motor de arranque por lo visto unos piñones. Ya me esperaba la respuesta de la casa, precisamente la que restaura las gas-gas. pero mis sorpresa fué que me lo cambiaron todo en garantía, por lo visto no había sido yo sólo, pienso que la marca tiene que responder a estas cosas ya que su fama y clientela depende de ello, bueno un saludo y que no se rompan más cosas.
By charlygas
#102329
son unos listos.....ten en cuenta que la garantia que marca la CEE es de 2 años y eso no se lo pueden negar a nadie
By compi
#102331
Creo que como te la dan con más caballaje del que pone en la ficha técnica se pueden lavar las manos, pero sigo sin entenderlo.
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By Angel
#102335
Compi, ves a comprarte un Clio V6 y a ver si te quitan la garantia porque no saben qué vas a hacer con él. Vaya argumento!!!.

Otra cosa muy diferente es que ellos puedan demostrar que tú has hecho modificaciones en la moto que afecten a su funcionamiento, pero como tú mismo dices son ELLOS los que te entregan la moto con más caballaje del que pone en la ficha, cosa que tu no tienes porqué saber porque los compradores no nos dedicamos a comprobar la potencia de lo que compramos, sea el vehículo que sea. Yo supongo que mi moto tiene la potencia que dicen por eso, porque lo dicen, pero no la he metido en ningún banco para comprobarlo.

Antes, el vendedor se acogia a que la responsabilidad era del fabricante. Cierto. Pero ahora, con la actual ley de garantias (desde Septiembre del 2003) el primer responsable legal con el cliente es el propio vendedor (y después que se aclare él a su vez con la fábrica).
By dioniKTM
#102415
Habla con ellos que tienen que darte 1 año de garantia y si no vas a una oficina de consumo y los denuncias .

RECUERDA QUE TIENES UN AÑO DE GARANTIA, NO UN MES COMO DICEN.
By compi
#102810
lo cierto es que no me he enterado bien del asunto en cuestión de temas legales, ya que no lo he necesitado, pero si se me rompiera algo no os preocupeis que me moveré y tendrán que actuar en consecuencia, gracias Angel por los datos, unas birras a todos.
By agavin
#102817
Me imagino que se tiene garantía siempre que se cumpla el manual de mantenimiento. Y pasando cada una de las revisiones en un servicio oficial, me imagino.
By dioniKTM
#102842
agavin escribió:Me imagino que se tiene garantía siempre que se cumpla el manual de mantenimiento. Y pasando cada una de las revisiones en un servicio oficial, me imagino.
CORRECTO , si no es asi no tienes garantia.
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By Angel
#102845
Hasta en eso de la obligación de pasar revisiones y mantenimiento en servicio oficial se les podria buscar las cosquillas porque la ley no lo recoge explicitamente sinó que es una condición impuesta por obra y gracia de ellos mismos. Si yo pudiera poner condiciones a todo lo que vendo (qué mas quisiera), seria un chollo.

De todas maneras, esta ley, como otras, está hecha con el culo y se muestra un poco ambigua y poco clara en según qué cosas, como por ejemplo que los primeros 6 meses se dá por hecho que cualquier fallo era de origen, pero que a partir del 6º mes es el consumidor el que le toca "demostrar" que el fallo ya venia de origen (a ver cómo coño se hace eso).

El follón mas gordo con el vendedor lo podemos tener en este punto:

Artículo 3. Conformidad de los bienes con el contrato.

1. Salvo prueba en contrario, se entenderá que los bienes son conformes con el contrato siempre que cumplan todos los requisitos que se expresan a continuación, salvo que por las circunstancias del caso alguno de ellos no resulte aplicable:

a) Se ajusten a la descripción realizada por el vendedor y posean las cualidades del bien que el vendedor haya presentado al consumidor en forma de muestra o modelo.

b) Sean aptos para los usos a que ordinariamente se destinen los bienes del mismo tipo.

c) Sean aptos para cualquier uso especial requerido por el consumidor cuando lo haya puesto en conocimiento del vendedor en el momento de celebración del contrato, siempre que éste haya admitido que el bien es apto para dicho uso.

d) Presenten la calidad y prestaciones habituales de un bien del mismo tipo que el consumidor pueda fundadamente esperar, habida cuenta de la naturaleza del bien y, en su caso, de las declaraciones públicas sobre las características concretas de los bienes hechas por el vendedor, el productor o su representante, en particular en la publicidad o en el etiquetado. El vendedor no quedará obligado por tales declaraciones públicas si demuestra que desconocía y no cabía razonablemente esperar que conociera la declaración en cuestión, que dicha declaración había sido corregida en el momento de celebración del contrato o que dicha declaración no pudo influir en la decisión de comprar el bien de consumo.


ESTOS DE KTM SE HAN PILLADO LOS DEDOS CON SU PUBLICIDAD DE "READY TO RACE"!!!...¿o dirán publicamente que sus motos no son aptas para competir? :twisted: :lol:

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/ ... L23-03.htm

La ley se hizo en Julio del 2003 y entró en vigor el 11 de Septiembre del 2003.
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By brissoni
#103005
La ley contempla que tengas que pasar las revisiones que indica el fabricante, pero NO TIENE porque ser en concesionario oficial.

Con que tengas una factura del taller que indique que te han hecho las operaciones indicadas en tal revisión por el fabricante , VALE.

Pero lo de la garantía de dos años es un ENGAÑO para una moto de campo, y SIEMPRE TIENE LAS DE GANAR EL FABRICANTE.

O es que...tu sustituyes el pistón cada 30 horas, cambias muelles cada 20 horas, etc, etc, NI DE COÑA, por eso TE AUTOEXCLUYES de las condiciones de garantía.

Por eso los vendedores te cuentan lo de los dos años, por eso te lo cuentan, para que te lo tragues.
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By Angel
#103050
Brisoni, no te entiendo. Quizás se me ha pasado por alto, pero no veo yo en la ley donde se contempla eso de la obligación de pasar las revisiones. Si lo ves, dimelo, que me interesa.

No entiendo tampoco porqué dices que sea un engaño en una moto de campo estando como está incluida como bien de consumo ni de porqué crees que siempre tenga las de ganar el fabricante, que por cierto, vuelvo a decir que ahora el responsable primero es el vendedor y si no se pudiera actuar contra él (por cierre por ejemplo) entonces si que se puede reclamar al fabricante directamente (lo dice el texto, no yo).

Las condiciones de garantia no vienen obligadas por lo que puedan decir ellos, sinó por lo que se legisla en el tema. Lo digo por lo de cambiar el pistón, etc, que si cada fabricante del producto que fuera pudiera imponer sus condiciones, esto seria un cachondeo y cada uno las pondria a su conveniencia (como intentan en la práctica). Yo si fabricara motos, le pondria entonces la obligación de cambiar el pistón cada dia.

No son los vendedores los que cuentan lo de los 2 años, sinó que el tema está regulado asi. Puedes verlo en el enlace que he puesto. Es más, ellos suelen hacer lo contrario, evitar decir lo de los 2 años por si cuela lo que ellos tratan de imponer (uno 15 dias, el otro 3 meses, el otro nada, el otro...).

Un ejemplo de las pillerias que intentan los vendedores: Hace poco compré un móvil en un distribuidor oficial. El vendedor me decia todo fanfarrón "Como puedes leer aqui, tienes 1 año de garantia". Yo le contesté "Perdona, supongo que habrás querido decir 2 tal y como obliga la ley ¿no?", y simplemente se descompuso un poco y me dijo con mala cara "Si, bueno, eso, realmente son 2 años".

Si te fijas en las garantias de muchos productos importados que vienen ahora pone por ejemplo "La garantia será de 1 año o lo que obligue la ley de cada pais". Y es que se han dado cuenta de que pueden ser denunciados (que según estudios se hace mucho menos de lo que deberiamos) por intentar imponer sus condiciones en algo que en lo que no lo pueden hacer y asi se curan en salud.
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By brissoni
#103052
Angel, a nivel europeo está regulado por una directiva de obligatorio cumplimiento (no recuerdo el nº EEC), sorry.

Un móvil no tiene un mantenimiento obligatorio para conservar la garantía, pero cualquier aparato (no solo vehículo) a motor, sí que lo tiene, y ese mantenimiento lo marca, lógicamente el fabricante, por lo que si no lo cumples, automáticatemente te sales tu solito de las condiciones de garantía.

Supongo, compañero, que habrás visto el mantenimiento obligatorio que hay que realizar a tu motocicleta tal y como marca en el libro del fabricante ¿no? Has visto que es leonino, enrevesado y tremendamente exagerado ¿verdad?Lo has hecho en taller? ¿no?, pues olvídate legalmente de que tu moto tenga garantía porque tu como consumidor no lo has cumplido.

Creo yo...
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By Angel
#103082
Pues, Brissoni, voy a tener que discrepar porque si fuera como tú dices seria absurdo que se hiciera una ley aqui y no sirviera para nada. Seria lo que politicamente se llama "vaciarla de contenido".

Lo de la "obligatoriedad" que dicta el fabricante no puede ser nunca vinculante cuando el tema está regulado por ley. No puede ser que desde Iwata impongan las condiciones de garantia a todos los paises cuando cada uno hace su propia regulación en el tema y los ciudadanos de cada pais han de basarse en sus propias leyes, no en lo que les dicta un fabricante japonés (o de donde sea, que es solo un ejemplo).

Creo recordar que cuando se hizo la ley fué precisamente para seguir esa directiva europea que marcó la UE acerca de los 2 años de garantia, pero recuerda que se trata de eso, de una directiva para que los gobiernos adapten sus leyes, pero no es propiamente una ley a seguir por el ciudadano. Lo que no sé es si en esa directiva se indicaba a los gobiernos que sus leyes deben reflejar eso del mantenimiento de los vehiculos. Desde luego la de aqui no hace referencia (o no lo he visto por más que la leo).

Aunque para mi como consumidor lo que hay que acatar es la ley y no la directiva europea (que la han de acatar los gobiernos para elaborar la ley), si sabes donde está esta, dimelo, que le quisiera echar un vistazo.

De todas maneras ya dije antes que la ley esta del 2003 está hecha con el culo y ha recibido criticas tanto de consumidores como de vendedores y fabricantes, pero desgraciadamente es la que hay, no otra .


"La Ley 23/2003 de 10 de julio Garantías en la Venta de Bienes de Consumo está en vigor desde el 11 de septiembre de 2003. Transposición de una directiva europea, el nuevo texto legal español, una normativa que, desde sus inicios, estuvo marcada por la polémica. Primero fue el retraso en la adaptación al ordenamiento jurídico español de la Directiva marco europea, su origen. Después, la gran cantidad de distintas opiniones que los implicados tienen sobre su aplicación a la posventa de automoción. Recordemos que la Ley es genérica y contempla a todos los sectores de la actividad económica cuando exista relación entre una empresa y un usuario final."

Y echa un vistazo a esto, sobre todo a lo que denominan GARANTIA COMERCIAL:

http://www.consumo-inc.es/revista/NAnte ... antias.htm
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By Angel
#103089
Vale, ya he encontrado donde se habla de la ley española y también de la directiva. Dice frases como "Las disposiciones de la Directiva poseen carácter imperativo de modo que no cabe pactar cláusulas que excluyan o limiten los derechos conferidos al consumidor. En consecuencia, esta Ley otorga este carácter imperativo a todos los derechos reconocidos en la misma."

http://2ni2.com/juridico/consumo/nueva_ ... onsumo.htm