Tu trocito de campo en Internet (enduro, mx, trial, SM....)
#318574
Hola gente, me gustaria saber si alguien está bien informado de si se puede o no se puede transferir una moto con la ITV cumplida. La cosa es que quiero vender mi moto y en unos sitios me han dicho que si que se puede y en otros que no se puede. Alguien me puede informar
#318580
ENRICKTM escribió:Hola, para poder transferir un vehículo es requisito indispensable tener la ITV pasada.
un saludo
Hola...eso no es del todo exacto.
Se puede transferir sin tener la ITV en vigor pero en tráfico te retienen el "Permiso de Circulación", con lo cual no puedes circular.
Una vez pasada ITV, en Táfico te dan el permiso nuevo.

Salu2.
#318581
CROSSMANTOTAL escribió: Hola...eso no es del todo exacto.
Se puede transferir sin tener la ITV en vigor pero en tráfico te retienen el "Permiso de Circulación", con lo cual no puedes circular.
Una vez pasada ITV, en Táfico te dan el permiso nuevo.

Salu2.
Exacto, por ese motivo la mayoría de gestorías no quieren hacerse cargo de cambios de nombre que no tengan la ITV en regla, pero en tráfico no ponen problemas, simplemente no te dan el nuevo permiso de circulación hasta que la ITV esté en vigor.

1 saludo,

j.
#318610
Esta medida yo la he utilizado alguna vez...por ejemplo: encuentras un vehiculo (moto o coche) que está en muy mal estado (pero muy bien de precio) y lo quieres preparar tranquilamente, pero lo quieres comprar y transferir ya antes de invertir dinero......vaya a ser que luego sea "intransferible" :wink:
#318699
Si se puede, aunque en trafico, en algunas ciudades, se empeñen en que no se puede.
Se suele hacer en vehiculos clasicos para, como dice crossmantotal, arreglar el coche/moto sin prisas, eso si, el vehiculo se queda sin permiso de circulacion hasta que pases ITV.
#318817
Pues claro que se puede, los de las clásicas llevamos años haciendolo. El vehículo queda a todos los efectos a nombre del comprador ( impuesto municipal, multas , etc. etc.) y simplemente no es que te retengan nada simplemente hasta que el nuevo dueño no presente la tarjeta de carácteristicas del vehículo con la itv sellada no le expiden el Permiso de Circulación a su nombre. Por lo demás tienes que presentar todos los demás papeles que en una transferencia normal. Por supuesto no se debe circular sin ITV y menos sin Permiso de Circulación.Yo hoy mismo tengo una Vespa en esta situación, cuando crezcan los días y el tiempo amaine un poco le paso ITV y voy a tráfico a buscar el P. de Circulación a mi nombre pero seguro que este año ya me viene el IVTM municipal aunque este sin itv porque ya es mía a todos los efectos legales.
#318829
javierf800 escribió: En Cantabria desde luego siempre han exigido la ITV pasada y el último recibo del ayuntamiento pagado para hacer el cambio de titular.
Claro, y teneis otra jefatura de tráfico distinta al resto del país, y el permiso de circulación lo otorga la jefatura de Cantabria. Entérate de la verdad y deja de tocar los 00.
javierf800 escribió: En Cantabria desde luego siempre han exigido la ITV pasada
FALSO, eso nunca se ha exigido legalmente en ningún lugar de España para hacer la transferencia de titularidad de 1 vehículo.
javierf800 escribió: el último recibo del ayuntamiento pagado para hacer el cambio de titular.
FALSO otra vez, lo que piden es el recibo del último periodo fiscal!!!, no el último que se ha pagado, si el último que se ha pagado es del año 1990 NO SIRVE. Te recuerdo que los Ayuntamientos emiten los recibos CUANDO se han pagado las tasas, por eso se llaman recibos!!!!.

1 saludo,

j.
By Motranqui
#319020
jiauka escribió:
javierf800 escribió: En Cantabria desde luego siempre han exigido la ITV pasada y el último recibo del ayuntamiento pagado para hacer el cambio de titular.
deja de tocar los 00.

.
Joder, Jiauka, cómo te pasas, ¿no? :shock: :shock: :shock: :shock: :( :( :( :(

Veamos,
:arrow: si el vehículo no tiene en orden el pago del impuesto de tracción mecánica... no se puede hacer la trasferencia (otra cosa es que el comprador lo quiera pagar él, pero para hacer la trasferencia hay que estar al corriente de este impuesto)
:arrow: Si no tiene pasada la ITV no se puede poner el permiso de circulación a nombre del comprador. ¿Y quién vende una moto a un tío sabiendo que "no se sabe cuándo la va a poner a su nombre"????? Yo desde luego ni de coña, es decir, si vendo una moto y la trasferencia no la hace enseguida (o en unos pocos días) voy a tráfico y doy de baja el vehiculo... no quiero riesgos que alguna peña está muuuuuuuu rallada :ummm:

Saludos
#319032
Supongo que hablais de motos que, por su antiguedad, ya deberían pasar la ITV, no? Yo pensaba que solo habia que tener la itv en vigor, pasada en su fecha.
Y en el caso de una moto que aun no tenga que pasarla?, o sea una moto con 2 o 3 años, tambien hay que pasarle la ITV antes de venderla?
Que coñazo de itv. Hace poco se la pasamos a la yamaha de un amigo y te hichas de colocar cables, pito, intermitentes, fibra, espejos y todas las flautas esas. Una vez que te sellan el papelito te vas a casa y se lo vuelves a quitar todo. Conclusión, solo vale para que ellos hagan caja y para que te toquen lo 00 con el ruido, las emisiones, la luz larga y la madre que los pario. Despues se ve de salir cada tartana que te cagas con su papelito sellado y mas contentos que dios.